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Sobre el tiempo de transferencia de documentos en los archivos

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
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    Entradas
  • #382739
    Fernandong
    Participante

    Buenas tardes,

    Tengo una duda con el tiempo que están los documentos en las distintas fases en la Comunidad de Madrid.

    Según el artículo 13 de la ley Ley 4/1993, de 21 de abril los tiempos son:
    – Archivos de oficina: tiempo de permanencia máximo 5 años
    – Archivos centrales: tiempo de permanencia máximo 10 años
    – Archivos intermedios: tiempo de permanencia máximo 15 años.

    Sin embargo en el temario, en la página 24 (punto 4.7) indica los siguientes tiempos:
    – Archivos de oficina: máximo 5 años (igual que en la ley)
    – Archivos centrales: custodiarán un documento un máximo de15 años
    – Archivos intermedios: custodiarán un documento un máximo de 30 años

    Viendo los períodos de tiempo creo que en el temario se refiere a la edad del documento y no al tiempo que está en cada archivo. Es decir un documento que llegue al archivo central en el momento de la llegada tendrá 5 años, estará 10 años custodiado en ese archivo y cuando salga tendrá 15 años de edad. ¿Es así? en ese caso la redacción del temario sería un poco liosa y sería mejor decir que custodiarán el documento hasta que este tenga una edad de 15 años.

    ¿Es correcto o estoy equivocado?

    Gracias

    #382740
    tutor-age1
    Participante

    Hola Fernandong, efectivamente tu razonamiento es correcto, los periodos del temario se refieren digamos a la “edad” del documento, de ahí que pueda surgir la duda, no obstante te diré que las transferencias de los documentos o series documentales de un archivo a otro, se hacen también atendiendo a la naturaleza de los documentos por lo que los periodos de permanencia en cada archivo suelen ser orientativos, o como se indica en la Ley 4/1993 máximos.
    un saludo.

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