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Plazo para expedir las copias auténticas

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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #382847
    Fernandong
    Participante

    Buenos días,

    Respecto al plazo máximo para expedir las copias auténticas, creo entender que hay dos plazos diferentes según sea la administración.
    Según la ley 39/2015 en el artículo 27. 4 dice que son 15 días
    Según el decreto 21/2002 de 24 de enero de la CAM en el artículo 25.7 dice que es un mes

    El problema viene con las preguntas de los tests de examen, por ejemplo con la pregunta 18 del simulacro 4

    18.- Las copias auténticas de los documentos públicos administrativos tienen la misma validez y eficacia que éstos, produciendo idénticos efectos frente a las Administraciones públicas y los interesados. En el plazo máximo de ____________deberán expedirse las copias auténticas o notificarse la resolución que deniegue las mismas.

    Y la respuesta correcta que da es un mes. ¿Cómo sabemos que no son 15 días? es decir ¿cómo sabemos cuál de las dos normas aplicar?

    Gracias

    #382848
    tutor-age1
    Participante

    Hola Fernando, la expedición de copias auténticas por funcionario público habilitado se regirá por lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por lo tanto en caso de que no nos hagan referencia legislativa en la pregunta responderemos quince días, además y ya que preguntas por este tema te anticipo que en unos días tendréis una actualización de temaría con el Decreto 1/2021 de 13 de enero y el Real Decreto 203/2021, un saludo.

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