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Funcionarios en situación de servicios especiales al ser reservistas

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #382734
    Fernandong
    Participante

    Buenas tardes,

    Tengo una duda con una pregunta del test nº 1 del tema 10. Dice así:

    46. Señalar la respuesta incorrecta. Los funcionarios de carrera serán declarados en situación de servicios especiales:

    a) cuando accedan a la condición de Senador de las Cortes Generales, siempre que perciban retribuciones periódicas por realizar dicha función
    b) cuando sean designados asesores de los grupos parlamentarios de las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas
    c) cuando sean activados como reservistas voluntarios para prestar servicios en las Fuerzas Armadas, siempre que perciban retribuciones por realizar dicha función
    d) ninguna de las respuestas anteriores es incorrecta

    La solución es la respuesta c, pero no tengo claro el motivo. ¿Es por la coletilla de “siempre que perciban retribuciones”? la verdad es que no se me ocurre otro motivo, pero me gustaría confirmarlo

    Gracias

    #382735
    tutor-age1
    Participante

    Hola Fernandong, efectivamente es una respuesta en la que cabe la interpretación, puesto que la activación como reservista voluntario siempre va a ser retribuida, por lo tanto el legislador no siente la necesidad de incluir esa coletilla en el artículo 87.1 l) del trebep.
    La respuesta c) además de no ser fiel reflejo de la ley, algo importante en nuestra oposición, deja abiertas posibilidades que no se pueden dar, por lo tanto ese “siempre que perciban retribuciones” hace que la demos por errónea.
    un saludo.

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