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Foros OPOSITAS

Para Cr: reglas consolidación grado.

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 15 entradas - de la 16 a la 30 (de un total de 38)
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  • #360923
    tutor-age1
    Participante

    Hola, vamos a ver si podemos dar un poco de luz a este caso. lo primero de todo aclarar que cuando se obtiene un puesto en adscripción provisional el funcionamiento respecto del grado es igual que en comisión de servicios, se computa el tiempo para consolidar grado cuando se obtiene un puesto de carácter definitivo. Y también que en excedencia voluntaria por interés particular no computa nada.
    Dicho esto comenzamos a analizar tu situación:
    La primera fecha clave es el 23/12/2010, cuando adquieres un puesto definitivo de nivel 17, tenemos en cuenta que estabas en adscripción provisional con ese mismo nivel desde el 2/6/2008 por lo tanto al llevas mas de dos años, el 23/12/2010 cuando tomas posesión consolidas el grado 13 (dos niveles más de lo que tenias consolidado hasta ahora que era el grado 11).
    La siguiente situación es que el 31/03/2011 pasas a excedencia voluntaria IP, por lo que aquí se produce una interrupción en el proceso de consolidación de grado.
    Reanudamos dicho proceso el 6/5/2016 pero en un nivel 15 en adscripción provisional, tiempo que se nos computará para consolidar el nivel 15, pero cuando consigamos un puesto de carácter definitivo.
    En resumen ahora mismo debes de tener consolidado un nivel 13 y debes esperar a conseguir un puesto de carácter definitivo para consolidar un nivel mayor.
    Espero haberte servido de ayuda, realmente el supuesto tiene cierta complicación.
    un saludo.

    #360924
    arico2
    Participante

    Muchas gracias, eso es lo que yo creía, y por esa razón solicité que se me computara el tiempo en comisión para consolidar grado. Hice la solicitud en septiembre de 2017….y la respuesta de la subsecretaría fue desestimarme la solicitud porque no solicité “la conservación de los periodos de desempeño provisional en el momento de la toma de posesión por promoción interna”….por lo que mi duda ahora es “¿los reconocimientos de grado son de oficio o hay que solicitarlos?”…ahora estoy a la espera de llevar tres años en mi puesto para volver a solicitar reconocimiento de grado, ya que cuando pregunté qué ocurría ahora me contestaron:
    “Con carácter general, estando en adscripción provisional no se consolida grado, no obstante existe una excepción en que estando en adscripción provisional si se consolida grado, es cuando se trata del “grado inicial” pero será necesario que transcurran tres años de desempeño de uno o más puestos del nivel correspondiente para consolidarlo. El grado que se consolida es el del nivel del puesto del destino inicial, excepto si a partir del reingreso en adscripción provisional se desempeñase un puesto de trabajo con nivel de complemento de destino inferior al del destino inicial, en cuyo caso se consolidaría como grado el del nivel del puesto desempeñado.”

    Me queda la duda de si en su momento lo hubiese solicitado ahora tendría mayor grado y si cuando lo solicite consolidaré el 15 que ocupe ahora
    ¿Me puedes ayudar en esto?

    Gracias

    #360925
    tutor-age1
    Participante

    Hola, verás ten en cuenta que nosotros a la hora de resolver un supuesto práctico siempre aplicamos las reglas generales de consolidación que tenemos en el RD 374/1995, luego en los casos reales pueden aparecer factores como acuerdos e instrucciones en determinados ámbitos según el organismo, unidad o departamento donde prestas servicio.
    Dicho esto y como yo soy funcionario público, te cuento, el grado se solicita de oficio tu no tienes que solicitar nada, esto se hace a través de los órganos de personal, y si hay que hacer algún trámite adicional por venir de una situación determinada son ellos quienes te deberían haber informado para llevar a cabo dicho trámite.
    No obstante también tenemos la posibilidad de solicitar nosotros a través de los órganos de personal el reconocimiento de grado y aclaración de nuestra situación sobre esto. Me parece un poco extraño tu caso y sobretodo creo que es una barbaridad que no te consoliden un grado por que en el momento de la toma de posesión no se hizo el trámite del que nos hablas, creo que es un error grave de los responsables de personal del organismo donde tomaste posesión y en trece años de experiencia en la Administración y habiendo visto muchísimos casos parecidos al tuyo, incluso que venían también de correos, no tenía constancia de este problema.
    Yo en tu caso estaría pendiente al hacer los tres años de servicio ya que has tenido interrupción y solicitaría yo mismo el reconocimiento a través de personal, en principio deberían de consolidarte el nivel 15 según tu hoja de servicios.
    un saludo.

    #360926
    arico2
    Participante

    Gracias por todo, así lo haré

    #360928
    Mar Moran
    Participante

    Hola, quería consultar sobre los periodos en comisión de servicios y en adscripción provisional.
    Me preguntan este caso y no lo tengo claro.
    Funcionaria con grado 12 consolidado en Correos el 1/8/2010. Después, sigue en Correos con un puesto nivel 14 en comisión de servicios durante 4 años hasta que el 2/11/2014 pasa a la Agencia Tributaria con nivel 18 en adscripción provisional, así hasta el 2/11/2015 en que se queda en la Agencia Tributaria en comisión de servicio nivel 18. Consigue por concurso de Traslado la plaza que ocupa nivel 18 el 26/7/2017.

    Tengo claro que podría utilizar el periodo en comisión de servicios prestado en correos para consolidar el 14 con fecha 26/7/2017 que es cuando ya tiene plaza definitiva.
    Mi duda es si podría consolidar el grado 16 con fecha 2/11/2017 por los periodos en adscripción provisional y comisión de servicios prestados con nivel 18 de la Agencia Tributaria.
    No sé si esto es correcto, si son posibles consolidaciones sucesivas.

    Muchas gracias.

    #360929
    tutor-age2
    Participante

    Hola, verás el caso es complejo porque ha habido varios movimientos y habría que ver todas las fechas exactas, pero según expones en tu pregunta, yo deduzco al igual que tú que lo primero que tenemos que tener claro es la consolidación del grado 14 el 26/07/2018. La duda vendría a continuación, si como dices lleva de manera ininterrumpida desempeñando servicio en un nivel 18 desde el 02/11/2014, en la fecha de toma de posesión del puesto definitivo también habría consolidado el nivel 16, comenzando a partir de esa fecha el computo de dos años para la consolidación del 18.
    Pero si ha tenido interrupción no consolidaría el nivel 16 hasta alcanzar los tres años de manera ininterrumpida, que sería el 02/11/2017, puesto que para consolidar el nivel 14 no utilizamos el periodo trabajado con el nivel 18, esa es la clave.
    con la información que tenemos hasta aquí podemos llegar, espero haberte servido de ayuda.
    un saludo.

    #360930
    Mar Moran
    Participante

    Hola, consultaba porque no sé si son posibles consolidaciones de grado, digamos, “sucesivas” o que cumplan requisitos en la misma fecha.
    En este caso, consta que ocupa de forma ininterrumpida y en el mismo puesto de nivel 18 desde 2/11/2014 hasta 25/7/2017, pero primero un año en adscripción provisional y el resto en comisión de servicio. El 26/7/2017 pasa a ocupar esa plaza definitiva nivel 18 por concurso.
    Entonces… ¿es posible consolidar el 26/7/2017 el nivel 14 por el tiempo en correos y en esa misma fecha el nivel 16 por el tiempo en la agencia con un nivel 18?. Y a partir de esa misma fecha (26/7/2018) empezar a contar el tiempo para consolidar el grado 18?
    ¿sería esto posible?
    Muchas gracias.

    #360931
    Mar Moran
    Participante

    Hola de nuevo, muchas gracias por responderme.
    Con lo que me has dicho se me ocurre también que si es suficiente con 2 años para consolidar el nivel 16 y eso se puede hacer el 26/7/2017, en esa fecha le sobraría unos meses de comisión de servicio en nivel 18 (desde 2/11/2016 al 25/7/2017: 8 meses y unos días) que podría computar y consolidar antes el 18, es decir consolidar el grado 18 en 2/11/2018.
    ¿Esto que digo es correcto?
    Muchísimas gracias.

    #360933
    Cristina Moreno
    Participante

    Buenas

    Me surgia una duda respecto a los grados y cambios de grupos. Si estas en un c1 y cambias a un A2 como vas consolidando los niveles??? Cada dos años o en funcion del intervalo en el que se encuentren???

    #360934
    tutor-age1
    Participante

    no cuando se consolida grado, los picos se pierden y desde la nueva consolidación comienza un nuevo computo.
    un saludo.

    #360935
    tutor-age1
    Participante

    Hola, bueno aquí habría que ver en primer lugar que grado tienes consolidado cuando accedes al subgrupo A2, porque esto es de vital importancia.
    Si tu grado es inferior al puesto al que vas a acceder, comenzaras a consolidar dos niveles cada dos años, por el contrario si el puesto en el que vienes desempeñando servicio es de un nivel igual o superior, al nivel del puesto que vas a acceder en el A2, entonces mantienes tu nivel consolidado.
    Esto último puede ser perfectamente factible puesto que el nivel máximo en C1 es el 22, y el nivel mínimo en A2 es el 20.
    Espero que te haya quedado claro.
    un saludo.

    #360936
    Orensano92
    Participante

    Hola muy buenas, me surgen las siguientes dudas en cuanto al proceso de consolidación del grado personal en diferentes situaciones, a ver si me puedes echar un cable por favor. Muchas gracias de antemano.

    1.Funcionario de la AGE de nivel 17 consolidado, que está en un puesto un año consolidando el nivel 19 y le falta un año para consolidarlo. Le mandan a una comisión de servicios de nivel 18 durante un año, puesto que obtiene por concurso finalmente al acabar ese año. Ese año en comisión de servicios ¿sirve para consolidar el de nivel 19 ya que le faltaba un año, o el tiempo prestado en comisión le sirve para consolidar el 18 del nuevo puesto, o se interrumpirá el proceso de consolidación porque el nivel del puesto de la comisión (18) es de nivel inferior al del proceso de consoliación(19)?; y si es este último caso la respuesta que nivel le toca consolidar el funcionario y cuando.

    2. Funcionario de la AGE con un grado de nivel 14 ya consolidado obtiene el 1/1/2000 por concurso un puesto de de nivel 15. Una vez tomado posesión ese mismo día pasa un año y justo el 1/1/2001 (le queda aun otro año para consolidar el 15) le mandan a una comisión de servicios con nivel de puesto 17. Pasa un año en la comisión de servicios y el 1/1/2002 obtiene por concurso un puesto con carácter definitivo de nivel 16. La duda es si ese año en comisión de servicios le computa para que al acceder al puesto de nivel 16 ya consolide el 15 que estaba en proceso de consolidación cuando lo mandaron a la comisión de servicios y luego a los dos años consolide el 16 (es decir consoliaría el 16 el 1/1/2004) o si por el contrario el proceso de consolidación del nivel 15 se interrumpe y el año realizado en comisión de servicios cuando pases al nivel 16 del último concurso solo esperes un año para consolidar ese 16 ya que el año en comisión de servicios se supone que computaría (y en este caso obtener el nivel 16 el 1/1/2003).

    3. Persona que aprueba oposición como C2 de la AGE en un nivel 14. Al año aprueba una oposición de la Xunta de Galicia un C2 de nivel 14 también quedando en excedencia voluntaria en la administración de origen. Las dudas son:
    3.a) El año que prestó servicios en el estado computa para que al hacer un año solo en la Xunta ya consolides el 14 o no?
    3.b) Si tras ese años en el estado en vez de oposición fuera por un concurso a un puesto de esa Comunidad de nivel 15, consolidaría el 15 al año o tendría que esperar dos años para consolidar el 15.
    3.c) Si por oposición obtiene un C2 de nivel 17 en la Xunta de manera que a los dos años lo consolida y por circunstancias solicita el reingreso en el puesto de C2 del Estado en el que llevaba un año consolidando el14. Me imagino que por estar en excedencia voluntaria no le computa para consolidar pero cuando consolidaría ese 14, , porque el 17 no se lo guardan para el estado verdad?

    Gracias por tu tiempo.

    Un saludo.

    #360937
    tutor-age1
    Participante

    Hola Orensano92, verás respecto a tu primera cuestión al acceder al puesto de trabajo de nivel 18 de manera definitiva podremos utilizar el tiempo desempeñado en ese nivel en comisión de servicios, como ya teníamos un año mas, tenemos dos años de manera ininterrumpida por lo que consolidaremos el nivel 18 en el momento de la toma de posesión. Eso sí aquí se detendría la consolidación hasta que obtengamos un puesto de manera definitiva superior.
    En cuanto al segundo supuesto el primer paso es que cuanto accede de manera definitiva al puesto de nivel 16 el 1/1/2002 puede solicitar la consolidación del nivel 15 computando el año 2000 en nivel 15 y el año 2001 en nivel 17 por comisión de servicio, por tanto este año en comisión de servicio ya esta utilizado para consolidar el 15 por lo que no se puede volver a utilizar. A partir del 1/1/2002 se empezará a consolidar el nivel 16 y finalizará el periodo de consolidación el 1/1/2004.
    El tercer caso cuestión 3a) habría que ver si hay convenio entre la Xunta y AGE algo que desconozco, pero lo normal es que sí, que pueda utilizar el año de AGE. 3b) tendría que esperar dos años para consolidar el 15. 3c) lo normal es que se respeten los progresos alcanzados en otras administraciones para la carrera administrativa, pero te vuelvo a insistir que hay nos movemos en una situación distinta puesto que habría que analizar que tipo de convenios existen entre administraciones.
    un saludo.

    #360938
    Palen
    Participante

    Buenos dias tutor

    Después de leer todas las consultas y respuestas correspondientes tengo mas claro como se consolida el grado de un funcionario. No obstante, y siguiendo el artículo 70 del RD 364/95, me gustaria preguntarle unos casos concretos.

    1. Una persona accede a la condición de funcionario tras superar el correspondiente proceso selectivo, concretamente una plaza de auxiliar administrativo nivel 14 el 01-01-2006. Antes de consolidar el grado, el 15-06-2007, tras superar un concurso adquiere una plaza con nivel 16.

    Conforme al articulo 70. 5. Cuando un funcionario obtenga destino de nivel superior al del grado en proceso de consolidación, el tiempo de servicios prestados en aquél será computado para la referida consolidación.

    Por tanto consolida el 01-01-2008 el nivel 14, y el 01-01-2010 el nivel 16. ¿ Es asi ?

    2. Una persona accede a la condición de funcionario tras superar el correspondiente proceso selectivo, concretamente una plaza de auxiliar administrativo nivel 14 el 01-01-2006 ( hasta aquí como el caso 1 ). No hay cambios y por tanto el 01-01-2008 consolida el nivel 14. El dia 01-08-2009 adquiere por concurso de traslados un puesto con nivel 16. ¿ cuando comienza a computar el tiempo de dos años exigido para consolidar el nivel 16 ? ¿ Dos años después, el dia 01-08-2011?
    Imagino que si el dia 01-08-2009 en lugar de acceder a esa plaza por concurso lo hace con una comisión de servicios que luego se queda en propiedad tenga la misma solución. ¿ Es asi ?

    Igual es muy sencillo lo que pregunto, gracias por adelantado

    #360939
    tutor-age1
    Participante

    Hola Palen, en primer lugar darte mi enhorabuena porque veo que controlas el tema de la consolidación de grado bastante bien y prácticamente aportas las dudas y la soluciones en tu planteamiento. Pero te haré algunas puntualizaciones:
    Caso 1:
    La solución que aportas es la correcta, consolida el 14 en 2008 y el 16 en 2010, en este tipo de casos cuando nos referimos al primer destino, cuando hay distintos niveles en los que prestamos servicios, lo que siempre tenemos que preguntarnos es si el empleado público, ha cambiado de puesto de trabajo o no, porque si se ha modificado el nivel del puesto que viene desempeñando consolidará el nivel mas alto del puesto y si ha sido como consecuencia del cambio de puesto de trabajo, se resolvería como tu lo has hecho en tu planteamiento.

    Caso 2:
    Este es muy sencillo, ten en cuenta que cuando consolida el grado 14 el 01-01-2008, a partir de ahí ya no cuenta nada puesto que sigue desempeñando el puesto del grado que ya ha consolidado.
    Al tomar posesión en una plaza definitiva en este caso de nivel 16 el día 01-08-2009, es a partir de esta fecha cuando comienza a consolidar el nivel 16 y lo hará si no hay interrupción el 01-08-2011.
    Sin embargo si la plaza es en comisión de servicios, el tiempo desempeñado en ese puesto no computará hasta que consiga ese u otro puesto de nivel 16 de manera definitiva, solo entonces se contará el tiempo de servicio en comisión de servicios.
    un saludo.

Viendo 15 entradas - de la 16 a la 30 (de un total de 38)
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