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estatuto del funcionario público

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 15 entradas - de la 1 a la 15 (de un total de 38)
  • Autor
    Entradas
  • #347808
    mariquer69
    Participante

    es verdad que con el estatuto del funcionario ha derogado la ley 9/1987, de 12 de junio de organis de representación determinación de las condiciones y participación….? gracias un saludo.

    #347809
    Academia Opositas
    Participante

    Y hablando de derogar cosas, el EBEP anula el art. 71 de la ley de func. civiles que es el que establece los 15 días de licencia por matrimonio. ¿Significa eso que ya no existirá la licencia por matrimonio? ¿Está recogida en alguna otra ley? Gracias

    #347810
    epa2
    Participante

    hola fanny, bienvenida al foro de opositas…

    ¿donde pone en el estatuto básico que se deroga la licencia de 15 días por razón de matrimonio???

    un saludete.
    y nos vemos por la feria del tocinooooooooooo

    #347811
    Academia Opositas
    Participante

    Hola Epa,

    Pues lo pone en el ebep: “Disposición Derogatoria Única.
    Quedan derogadas con el alcance establecido en la
    disposición final cuarta las siguientes disposiciones:
    a) De la Ley de Funcionarios Civiles del Estado aprobada
    por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, los artículos 1,
    2, 3, 4, 5.2, 7, 29, 30, 36, 37, 38, 39.2, 40, 41, 42, 44, 47, 48,
    49, 50, 59, 60, 61, 63, 64, 65, 68, [u][b]71[/b][/u], 76, 77, 78, 79, 80, 87, 89,……”

    En concreto el art. 71 de dicha ley es el que se refiere a los 15 días de licencia por matrimonio.

    #347812
    epa2
    Participante

    hola de nuevo…

    estuve leyendo ayer el estatuto (por segunda vez y creo que no será la última vez que lo haga) y creí entender que una ley posterior al estatuto regularía estos temas… en concreto me llamó la atención el párrafo siguiente a los requisitos por licencia por asuntos particulares, echale un vistazo y me dices tu opinión…

    un saludete.
    y nos vemos pronto, prontitooooooooo

    #347813
    epa2
    Participante

    uhhhh, la verdad es que está el tema lioso (o nosotros mismos nos liamos con ello)

    por lo que veo hay bastantes artículos de la ley del 64 que han sido derogados posteriormente,,, uhhhhh

    #347814
    Academia Opositas
    Participante

    hola

    lo de la ley posterior lo has visto en el estatuto, ¿donde? no soy capaz de verlo……..serán los nervios!!!

    uyuyuyuyuyuy

    suerte a todos!!

    #347815
    imeon
    Participante

    yo creo que aquí se hicieron la picha un lío, con perdón de la expresión. Pero es que incluso han derogado artículos, que ya otras leyes habían derogado anteriormente y que a fecha del estatuto no estaban vigentes…vamos, que no saben ni lo que derogaban.
    Así que yo incluyo la licencia por matrimonio entre las cosas que deben ser recogidas en una nueva ley, y que mientras no se cree la misma, sigue vigente la anterior (aunque indique que está derogada).
    No sé si me he explicado, pero a mí me lo dejaron muy clarito en la academia.
    saludos.

    #347816
    imeon
    Participante

    y sobra decir, que si la hubieran eliminado, vamos, teníamos huelga de funcionarios en dos días…buenos son éstos con que le quiten derechos (sin intención de ofender a los que ya ejercen la profesión)
    Un saludo.

    #347817
    epa2
    Participante

    [quote=”imeon”:17t2144r] (sin intención de ofender a los que ya ejercen la profesión)
    Un saludo.[/quote]

    ehh,,, ehhh, para el carro imeon, je je,,, bueno, te doy completamente toda la razón…

    sin embargo, me he puesto a investigar un poco el tema, y creo que mas o menos es lo que estamos diciendo,, he encontrado una información sumamente importante que en mi modesta opinión ayudará a despejar dudas…

    os dejo dos pdf, para que os lo bajeis y lo leais…

    el primero es una nota aclaratoria del MAP sobre el estatuto básico del empleado y el siguiente un cuadro-resumen-esquema del sindicato SAP sobre los permisos y licencias… TODOS ACTUALIZADOS A FECHA DE HOY..

    ale, ya me decís..

    un saludete y nos vemos por la feria del tocinooooooooooooooo

    [url:17t2144r]http://www.terra.es/personal2/yolifran/2007.04.aplicacion.Estatuto.pdf[/url]

    [url:17t2144r]http://www.terra.es/personal2/yolifran/resumen.permisos.2007.pdf[/url]

    epa2 al ataqueeeeeeeeee

    #347818
    cremita
    Participante

    No puedo entrar en los enlaces que pones, epa2. ¿Vosotr@s podéis??? Gracias.

    #347819
    epa2
    Participante

    Hola de nuevo cremita,,,,

    ignoro el motivo, pero el servidor me ha “expulsado” los archivos que les subí, los he vuelto a poner, pincha de nuevo a ver si te los puedes bajar ahora, si aún siguen dando problemas, dame tu email y te los mando

    un saludete. 😉

    #347820
    Ashect
    Participante

    Hola!:

    En la página del sindicato sap www. sap-sindicato.es, hay un enlace que

    pone guia del funcionario nuevo, si lo pinchas y lo descargas pone

    cuadernos de la función pública 2007 y más abajo pone actualizado con la

    ley de igualdad y la ley del estatuto básico del empleado público.

    Espero que sea esto lo que buscais.

    Un saludo. 😆

    #347821
    Academia Opositas
    Participante

    Epa2 gracias por la información……..pero yo tampoco puedo acceder a los enlaces.

    Voy a probar en la web del sap.

    #347822
    cremita
    Participante

    Yo también sigo sin poder verlo. Gracias de todas formas por ser tan amable intentando colgar la información que tienes. En la página del sindicato he estado mirando y me voy a bajar lo nuevo que veo. Gracias de nuevo. Besos!

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