fbpx

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 16 a la 22 (de un total de 22)
  • Autor
    Entradas
  • #336078
    Academia Opositas
    Participante

    Holaaaa, vaya tute que le estamos dando a este post.

    Epa de acuerdo en las respuestas, igual te llevas una grata sorpresa….

    En lo referente a los Planes de Empleo, éstos serán aprobados por el MAP, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda.

    Saluditos.

    #336079
    Academia Opositas
    Participante

    Hola otra vez jeje 😀
    Vaya cantidad de preguntinas!!!!!!!!! 😮

    -en la primera pregunta epa, verás q es distinta a la q yo planteaba pq la tuya habla de actos q [b]pongan fin a la vía administrativa[/b] y la mía a [b]actos firmes[/b]…en tu caso la respuesta sí q es la c), o sea, q cabe recurso de reposición 😉
    -la segunda, por eliminación quitamos la b) y la d) y entre las otras dos yo también dudé, pero creo q la correcta es la a) no sabría argumentarlo bien pero tengo esa sensación ejej 🙄
    -en la tercera, me he vuelto loca buscándola pero no he encontrado ningún art., o si lo he estudiado no me acuerdo 😳 , si sabéis en qué art está la solución me lo decís…
    -la cuarta, yo creo q la respuesta es la c) pq en el art63 L30/92 no dice q la anulabilidad sea la regla general..si estoy equivocada también me decís el art. jeje, q creo q no estoy muy lúcida hoy 🙁
    En fin, esperao con ansiaaa los resultados q te den!!!!!!!!!! 😀
    Saludineessss para tod@s 😛

    #336080
    Academia Opositas
    Participante

    Muy buenas de nuevo a tod@s, comentaros que me mantengo en mi posición respecto a la 4 pregunta planteada. Motivos:
    El artículo 62 de la Ley 30/92 recoge los supuestos específicos que original la nulidad, todo lo que no esté enumerado en este artículo incurrirá en anulabilidad o en irregularidades no invalidades(3ª categoría), dependiendo de la gravedad del vicio.
    Así que por deducción interpreto que la anulabilidad(art. 63.1 de la Ley 30/92) cuando anuncia que serán anulables los actos de la Administración que incurran el cualquier infracción del ordenamiento jurídico, inderactamente se está refiriendo a la categoría general, ya que los supuestos taxativos los recoge le art. 62 de la mencionada Ley, es decir todo lo que no sean esos puntos específicos son anulables.
    Un saludo, nos seguimos leyendo.

    #336081
    epa2
    Participante

    Gracias por las respuestas a todas, 🙂

    la semana que viene, cuanda salgan los resultados, los pondré en este post…

    seguimos estudiando (o al menos lo intentamos)

    nos vemos pronto, prontito

    #336082
    Academia Opositas
    Participante

    Epa yo respecto a las dos primeras lo tengo claro y coincido con las respuestas que te dieron pero respecto de la última yo tambien tenía claro que era la A pero despues de tantos mensajes diciendo que no 😳 ya no estoy segura de nada¿lo has corregido?si no te importa pon cual es la correcta que ahora ya me he liado.
    muchas gracias 😉

    #336083
    epa2
    Participante

    hola de nuevo…

    uffff, este mensaje va a hacer historia,,,,,

    ya hace tiempecito de él, 🙂

    ru, en la última pregunta, he estado mirando en la plantilla de respuestas que el tribunal dió y la correcta es la D..

    30.-D

    😳 😳 😳

    la fallé 😳 😳 😳

    fijate, de cerca de 500 personas que nos presentamos, aprobarón solo 10 personas (curiosamente, solo había 10 plazas para el pueblo)

    curioso, ¿no?

    en fin,

    nos vemos pronto, prontito

    #336084
    Academia Opositas
    Participante

    muchas gracias Epa 😀
    Este tipo de preguntas terminan con la paciencia de cualquiera..

Viendo 7 entradas - de la 16 a la 22 (de un total de 22)
  • El foro ‘Administración General del Estado – Auxiliares Administrativos’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?