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8 febrero, 2012 a las 8:41 pm #314553lulu03Participante
¿Las cuestiones de competencia entre los Juzgados Contencioso-adm y Juzgados Centrales de lo CA se plantearán ante qué órgano?
Gracias
8 febrero, 2012 a las 9:08 pm #314554MYMParticipanteYo creo que la sala de lo C-A del TS al no tener superior común, puesto que el superior del Juzgado de lo C-A es el TSJ y el superior del Juzgado Central de lo C-A es la AN.
9 febrero, 2012 a las 10:31 am #314555lulu03ParticipanteGracias MYM, es que tenía una duda en el test CA 8, UD18, pregunta 16, donde da como correcta la D) ninguna respuesta es correcta.
Creo que sería la B) Tribunal Supremo, como bien dices en tu explicación anterior.
saludos
9 febrero, 2012 a las 1:58 pm #314556maite79ParticipanteHola compañeras,
A esa pregunta, yo hubiese contestado que la Sala de los C.A. de la A.N….
Me ha quedado la duda…estaría bien que nos contestara Baldo.
Gracias.
9 febrero, 2012 a las 2:04 pm #314557MYMParticipanteLa AN solo es superior fe los juzgados centrales, pero no de los juzgados de C-A, el superior de estos es la sala de lo C-A de los TSJ.
9 febrero, 2012 a las 5:29 pm #314558tamy27ParticipanteSegún el art 52 LOPJ :
No podrán suscitarse cuestiones de competencia entre Jueces y Tribunales subordinados entre sí. el Juez o Tribunal superiro fijará, en todo caso , y sin ulterior recurso, su propia competencia, oídas las partes y el Ministerio Fiscal por plazo común de diez días. Acordando lo precedente , recabarán las actuaciones del Juez o Tribunal inferior o le remitirán las que se hallaren conociendo.
Según este artículo y si mi interpretación no me falla que puede ser el caso , el Juzgado Central de lo contencioso en este supuesto ha de fijar en su caso su propia competencia.
9 febrero, 2012 a las 5:33 pm #314559tamy27ParticipanteEsto estando subordinado el juzgado de los contencioso al de los central pero si la cuestion de competencia se planteara entre :
a) juzgado de lo central contencioso resuelve : sala3º contencioso del TS
b) si fuera entre juzgado contencioso : resuelve el TSJ de la comunidad9 febrero, 2012 a las 5:35 pm #314560tamy27ParticipantePERDON RECTIFICO:
las cuestiones de competencia entre juzgado centrales de lo contensioso las resuelve la sala contencioso de LA AUDIENCIA NACIONAL
9 febrero, 2012 a las 8:32 pm #314561MYMParticipanteEs que un juzgado central no es superior de un juzgado de lo C-A (o eeso creo yo)
9 febrero, 2012 a las 8:39 pm #314562lulu03ParticipanteEstoy de acuerdo con MYM, a ver si J2C2 o Bg nos ayudan a aclarar esta duda, pues podría ser pregunta de examen.
9 febrero, 2012 a las 8:57 pm #314563tamy27Participantepues ahora tengo yo un lio bueno cuales son los juzgados y tribunales subordinados entre si?
9 febrero, 2012 a las 9:35 pm #314564MYMParticipanteYo creo que es algo así:
.- Entre Juzgados de lo C-A de la CCAA: superior el TSJ de la CCAA.
.- Entre Juzgados de lo C-A de distintas CCAA: la Sala de lo C-A del TS.
.- Entre JSJ: La Sala de lo C-A del TS.
.- Entre Juzgados Centrales de lo C-A: la Sala de lo C-A de la AN.
.- Entre un TSJ y la AN: la Sala de lo C-A del TS.
Creo que no se me ha olvidado nada.
Y para acordarse distinguir por un lado lo juzgados de lo C-A y los TSJ y por otro los juzgados centrales y la AN, que no tienen nada que ver entre si aunque por el nombre pudiera parecerlo, y superior a todos ellos el TS.
11 febrero, 2012 a las 7:35 am #314565maite79ParticipanteHola de nuevo,
Creo que tamy27, en su primera respuesta va a estar en lo cierto:
no se suscitan cuestiones de competencia entre jueces y Tribunales subordinados entre sí.
El juez o Tribunal superior (el Central, en este caso, supongo) fijará en todo caso y sin ulterior recurso su propia competencia.A ver que nos dicen nuestros superiores, jeje….
Saludos y animo!
11 febrero, 2012 a las 9:52 am #314566J2C2ParticipanteBuenos días a todos. Parece ser que la pregunta ha suscitado mucha controversia. Me alegro de que os hayáis implicado.
Teniendo en cuenta que los Juzgados de lo C-A, y los Juzgados Centrales de lo C-A tienen una relación de subordinación, no es posible que se suscite una cuestión de competencia. Además, si os dáis cuenta, las competencias entre uno y otro son totalmente distintas y diferenciadas.
En este caso, corresponde al órgano superior (Juzgado Central de lo C-A) fijar sin ulterior recurso su propia competencia.
Saludos y ánimo.
11 febrero, 2012 a las 10:16 am #314567MYMParticipantePues yo insisto en que no estan subordinados. El juzgado central no es superior.
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