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Transacción judicial son acuerdos entre las que se produce, estando pendiente un proceso judicial, sobre el objeto del proceso que pone fin al litigio (artículo 19.2 Ley de Enjuiciamiento Civil). Dicho acuerdo se y homologará por el mismo órgano jurisdiccional que está conociendo del mismo.

► Ver Píldora de estudio Acción ejecutiva. Títulos ejecutivos

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