Buenas tardes,
Los órganos con dotacion diferenciada son aquellos en los que el preupuesto no es elaborado por las Junta de CyL sino por el mismo órgano, que después de e incluirá dentro de la Ley de Presupuestos.
El presupuesto limitativo de dichos órganos, es que se les asigna una cantidad a tanto alzado, y sin excederse de las misma, el órgano elabora su propio presupuesto.
A nievel estatal, es órgano con dotación diferenciada y presupuesto limitativo la Casa Real: tiene asignada una cantidad anual y el Rey lo gestiona como cree conveniente. Igual las Cortes Generales, el Tribunal Constitucional… (todos los que comienzan por 0).
En CyL son órganos con dotación diferenciada son los órganos institucionales
Gracias!