En el Tema 2, entiendo que la sección “Estructura y organización de los hospitales” ha salido del Reglamento sobre Estructura, Organización y Funcionamiento de los Hospitales aprobado por el Real Decreto 521/1987, de 15 de abril.
Las funciones del Director Médico se definen en el artículo 10.
Las funciones del Director de Enfermería se definen en el artículo 12.
Las funciones del Director de Gestión y Servicios Generales se definen en el artículo 14.
Pero estos artículos fueron anulados por la Sentencia del Tribunal Supremo de 30 de enero de 1992, publicada por Orden de 18 de junio de 1992 (BOE del 28).
Salvo que posteriormente se les haya asignado las mismas funciones en otra disposición (que no he encontrado), parecería que esos Directores se han quedado sin funciones.
No lo entiendo.
Saludos.