[quote=”PARIS68″:2hmm6bus]No entiendo la 23, los dictamenes del Consejo Consultivo no se envían al Consejo de Gobierno o a las Cortes Autonómicas?
Saludos,[/quote]
Paris, pueden solicitar dictamen del Consejo Consultivo:Presidente de la Junta de Comunidades, el Presidente de las Cortes de Castilla-La Mancha o el Consejero competente. Tambien las corporaciones locales a través de la Consejería de Presidencia y Admones públicas.
Ahora bien, la pregunta del test dice que si el dictamen del Consejo Consultivo puede ser enviado a otro órgano, es decir, distinto del que lo ha solicitado. Ahí la ley dice que no, se pronuncia sobre dicha cuestión en el art. 40, cuando dice lo siguiente: [b]Los asuntos dictaminados por el Consejo Consultivo no podrán ser remitidos para su informe a ningún otro órgano de la Comunidad Autónoma.[/b]