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Foros OPOSITAS

Retribuciones complementarias

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 14 entradas - de la 1 a la 14 (de un total de 14)
  • Autor
    Entradas
  • #366675
    Academia Opositas
    Participante

    Hola 😀 D D

    según mi libro, ‘los funcionarios interinos perciben el 100 por 100 de las retribuciones básicas, excluidos trienios, correspondientes al Grupo en el que esté incluído el Cuerpo en que ocupen vacante, y las retribuciones complementarias que correspondan al puesto de trabajo que desempeñen, excluidas las que están vinculadas a la condición de funcionario de carrera’.

    Mi duda es cuáles son las retribuciones complementarias vinculadas a la condición de funcionario de carrera: vamos a ver, si las retribuciones complementarias son:

    – complemento de destino,
    – complemento específico,
    – complemento de productividad
    – y gratificaciones por servicios extraordinarios,

    por lógica creo que las exclusivas son las dos primeras, los complementos de destino y específico, no??? digo por lógica, porque no veo dónde distingue si son exclusivas de funcionario de carrera o no…

    A ver cómo lo véis…

    Por cierto, os pido disculpas porque esta mañana me he quedado en el chat sin despedirme, es que ha venido gente a casa, y me he dado cuenta a las 5 de la tarde de que tenía el chat colgandoooooo

    Bueno, a ver cómo véis la duda de retribuciones complementarias 😀 D

    #366676
    epa2
    Participante

    [quote=”lolon”:y3gyshmz]Hola 😀 D D

    según mi libro, ‘los funcionarios interinos perciben el 100 por 100 de las retribuciones básicas, excluidos trienios, correspondientes al Grupo en el que esté incluído el Cuerpo en que ocupen vacante, D[/quote]

    hola lolon, buenos dias 😀

    la verdad es que no sabría decirte la respuesta a esta pregunta,¡¡¡incluso lo mal que estoy!!!!

    no sabía que los interinos NO perciben los trienios ¿estas segura de ello????

    pensaba que cobraban lo mismo que los funcionarios 😯

    #366677
    Academia Opositas
    Participante

    Hola,

    jobar, te acabo de contestar un post supercurrao, y al enviar, me ha dado invalid-session y no he podido recuperar el texto 😥 😥 😥

    Epa, seguro que los interinos no cobran trienios; lo que sí que pasa, creo, es que si, por ejemplo, tú entras de interino a la JCCM, y estás 2 años de interino, y luego apruebas la opo, cuando sólamente lleves 1 año de funcionario de carrera, podrás cobrar tu primer trienio, por que te cuentan los años que has estado de interino; pero mientras seas SOLO interino, no cobras trienios…

    Bueeeno, voy a seguir, aunque cada vez lo veo más difícil… creo que yo estaré bien preparada para la siguiente convocatoria, pero para ésta, voy a ir un poco pegada, y eso que me jarto a estudiar….

    Bueeeno, que os cunda muchoooooooo!!!!

    #366678
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a los dos!!!!!

    yo tambien ando perdida con esto de los interinos. Yo tenía que computaban trienios.
    Voy a mirar los apuntes de nuevo!!!

    #366679
    epa2
    Participante

    hola lolon, pues ni idea de ese tema de los interinos, me pasa lo mismo que a tí, que voy a este examen con muchas deficiencias (no por culpa de opositas) si no por mis circusntacias de estudio.

    lo de “invalid session” me pasa muy a menudo, pero haz lo mismo que yo.

    cuando te vuelva a pasar, le das al navegador para atrás, copias el texto al portapapeles, luego te vas al foro y le das al botón “nuevo tema” y copias el texto de nuevo.

    a mi me funciona así

    en fin, nos vemos…

    #366680
    epa2
    Participante

    Pues sí por lo que veo, el tema de los interinos lo llevamos pegado los alumnos de opositas, o una de dos, que se cuelgue un test especialmetne dedicado a los interinos de CLM o bien que nos pongamos todos ahora mismo a leernos los tochos de leyes de cabo a rabo

    es una sugerencia de unos alumnos asustados con los interinos…

    Gracias lolon por la explicación, no sabía eso de los interinos

    #366681
    Academia Opositas
    Participante

    Hola de nuevo!!!!

    lo bueno, Epa, es verlo ahora, antes del examen!!! ya sabes una cosita más, y eso que ya sabes muchas 😀 D D !!!

    por cierto, yo sigo con la duda del principio del test, la vuelvo a poner:

    Mi duda es cuáles son las retribuciones complementarias vinculadas a la condición de funcionario de carrera: vamos a ver, si las retribuciones complementarias son:

    – complemento de destino,
    – complemento específico,
    – complemento de productividad
    – y gratificaciones por servicios extraordinarios,

    por lógica creo que las exclusivas son las dos primeras, los complementos de destino y específico, no??? digo por lógica, porque no veo dónde distingue si son exclusivas de funcionario de carrera o no…

    A ver si un alma caritativa nos saca de la ignorancia, jejeje

    #366682
    epa2
    Participante

    Hola de nuevo lolon, gracias por la aclaración de los interinos.

    pues mira, con respecto a la duda esa, si me cayera en examen, yo diría que todas son complementarias,

    lo único que no hay complementario es el salario base y las pagas, todo lo demas es un complemento ¿no?

    corregirme si me equivoco, please.

    nos vemos pronto 😀

    #366683
    Academia Opositas
    Participante

    sí Epa, las cuatro son complementarias, pero mi duda es cuáles de esas cuatro son EXCLUSIVAS de los funcionarios de carrera, y nunca las percibirán los funcionarios…

    Vamos a repasar un momento: El Sistema de Retribuciones de los funcionarios públicos está constituído por las RETRIBUCIONES BÁSICAS, RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS y LAS INDEMNIZACIONES POR RESIDENCIA U POR RAZÓN DEL SERVICIO. Vale. Ahora profundizamos en cada una:

    RETRIBUCIONES BÁSICAS son:
    – el sueldo
    – los trienios
    – las pagas extras.

    (Los funcionarios interinos perciben el 100 por 100 de las retribuciones básicas, excluídos trienios, correspondientes al Grupo en el que esté incluído el cuerpo en que ocupen vacante)

    RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS:
    – complemento de destino
    – complemento específico
    – complemento de productividad
    – gratificaciones por servicios extraordinarios

    [b]mi duda: según mi libro ‘los funcionarios interinos percibirán las retribuciones complementarias que correspondan al puesto de trabajo que desempeñen, excluidas las que están vinculadas a la condición de funcionario de carrera’ MI DUDA ES CUALES SON LAS RETRIBUCIONES COMPLEMENTARIAS EXCLUSIVAS DE FUNC. DE CARRERA[/b]

    RETRIBUCIONES POR RAZÓN DEL SERVICIO:
    – Comisiones de servicios
    – Desplazamientos dentro del término municipal
    – Traslados de residencia
    – Asistencias a cursos de formación, capacitación o especialización
    – Participación en tribunales de oposiciones o comisiones de selección de personal
    – participación como personal colaborador en los procesos selectivos del personal al servicio de la Junta de Comunidades
    – Colaboración con carácter no permanente ni habitual
    – Participación en comisiones de Valoración

    Esto es lo que tengo yo. A ver si véis la misma duda que yo, es que a lo mejor es que me he atocinao, y no lo veo…

    Saludotosssss

    #366684
    epa2
    Participante

    pues ni idea lolon, jo, vaya post importante, lo voy a imprimir porque este post es oro en paño 😀

    esperemos a la voz de los supertacañón je je. 😀

    #366685
    Academia Opositas
    Participante

    Lo siento lolon, estoy mirando el tema pero no lo veo, del todo claro:

    puese ser el complemento de destino: que es la cuantia determinada por el nivel del puesto??? que un funcionario interino al no tener consolidado el puesto de nivel no lo cobre??? no se……

    puf yo tambien me estoy liando con esto!!!

    #366686
    kira
    Participante

    Hola a todos,

    Estoy buscando en libros y apuntes y no encuentro nada especifico respecto a los interinos, con lo cual creo que cobran las mismas retribuciones complementarias que un funcionario de carrera.

    De hecho, puedo deciros que seguro que cobran Complemento especifico y Complemento de destino.
    No tiene nada que ver que no tengan consolidado el grado personal a la hora de cobrar el complemento de destino, ya que este complemento retribuye el nivel del puesto de trabajo y cualquier puesto tiene asignado un nivel. Lo que pasa es que si un funcionario consolida un nivel 15, por ejemplo, nunca le podrán pagar menos de lo que le corresponda por ese nivel.

    Bueno, no sé si lo he explicado mas o menos bien, es que el tema del grado personal es algo complicadillo, esperemos a ver si nos lo terminan de aclarar.

    Un saludo

    #366687
    Academia Opositas
    Participante

    Hola a todos! yo tambien tengo la misma duda, el tema de funcionarios es bastante lioso y aun con las ideas bastante claras no terminas de entender todo. Yo lo he preguntado, y me dijeron que estan vinculados a la condicion de funcionario los complementos de destino, de productividad y especifico. Pero entonces me pregunto, si no tienen derecho a cobrar estos complementos, que no pongan en la ley que cobraran las retribuciones complementarias que no esten vinculadas a la condicion de funcionario de carrera.
    No se, yo sigo sin tenerlo claro, espero que alguien lo sepa y nos lo diga. muchos animos a todos.

    #366688
    epa2
    Participante

    perdonar que me meta de nuevo en este post, (sobre todo para no dar la respuesta a la duda gorda esta de los funcionarios)

    pero leyendo y releyendo este post, me surgue la siguiente cuestión.

    vale, los interinos no perciben los trienios, pero al ser las gratificaciones extraordinarias un complemento específico de los funcionarios,

    ¿que pasa entonces,,,? ¿que un interino no puede cobrar las horas extras???

    no se, bueno, 😯

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