Hola Silvita. No soy tu tutor en esas oposiciones, pero creo que podré ayudarte; lo intentaré.
Si miras con detenimiento el artículo que mencionas, en su apartado 3º, podrás ver que no se incluye “y” en el de la Comunidad Autónoma, sino una “coma”.
Entendemos, por tanto que se publica en sólo uno de los tres Boletines, concretamente en aquél que corresponda al ámbito del órgano delegante.
Transcribo el precepto:
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Las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de éste.
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Espero haber resuelto tu duda, y en cualquier caso, como siempre, quedo expuesto a mejores opiniones.
Saludos.