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Dudas con Ley de

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  • #368412
    Academia Opositas
    Participante

    Hola:

    Quería plantearos un par de cuestiones acerca de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha que agradecería que me resolvierais:

    La primera es sobre el artículo 53 que se refiere a las transferencias de crédito, y cuyo primer párrafo dice así:

    “1. Pueden autorizarse transferencias entre los créditos de los estados de gastos de distinto nivel de vinculación con las siguientes limitaciones:”

    Con eso del “distinto nivel”, ¿se refiere a las transferencias entre créditos de nivel de clasificación económica [b]por encima del[/b] nivel de vinculación establecido en la Ley de Presupuestos anual para esos créditos?

    La segunda duda es sobre el artículo 57 que se refiere a las Competencias en materia de modificaciones de crédito.

    Creo que la autorización de las transferencias de crédito las harían:

    Consejerías (u órg. con dotaciones diferenciadas):
    – Transferencias entre créditos de un mismo capítulo.

    Consejería de Economía y Hacienda:
    – Transferencias[b] entre capítulos [/b](del mismo programa)
    – Transferencias desde el programa de imprevistos y funciones clasificadas.

    Consejo de Gobierno:
    – Transferencias entre programas
    – Transferencias al programa de imprevistos y funciones no clasificadas.

    ¿Podríais decirme si esto es o no correcto?

    Eso es todo. Saludos.

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