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26 septiembre, 2004 a las 6:51 pm #366073
Academia Opositas
ParticipanteBuenas tardes,
en la ley 19/2002 de 24 de noviembre, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha, en su artículo 35, punto dos, apartado a, cita: ‘[i]en relación con los documentos depositados en las dependencias de los archivos de oficina, al órgano directivo del cual dependa la correspondiente unidad administrativa[/i]’; de donde se deduce que el acceso al archivo de oficina es libre, pero en los textos que tengo, al hablar del archivo de oficina, dice que no son de libre consulta.
¿con qué me quedo, los archivos de oficina tienen acceso libre o no?
De paso, os recuerdo que no sé cómo conseguir el decreto Decreto 24/1998, de 31 de marzo; he buscado por internet y no soy capaz de encontrarlo…
Muchas gracias de antemano!!!
27 septiembre, 2004 a las 8:56 am #366074epa2
ParticipanteHola Lolón de nuevo 😀
(no me llames lolon, llamame lola por barcelona 😀 )
mira, con respecto a los archivos de oficina (gestión) su acceso no es libre, de hecho, me parece que en la ley 30/92 venía algo 💡
Si mal no recuerdo, creo que había por ahí algún test que preguntaba eso mismo, pero vamos, no te lo puedo confirmar, ya que no tengo idea de que parte de ley decía que los archivos de gestión no son de acceso libre.
seguimos estudiandooooooo (lo que podemos claro)
nos vemos pronto….
27 septiembre, 2004 a las 9:12 am #366075Academia Opositas
ParticipanteHola Lolon, hola Epa2:
Lolon, como bien te indica Epa2, los Archivos de Gestión no son de acceso libre por los particulares ya que sólo se habla de su consulta una vez son remitidos a los Archivos Centrales (art. 57.1.a de la Ley del Patrimonio Histórico Español).
Os espero a los dos este jueves en el test-chat, que igual que en Justicia pondremos alguna recompensa al estudio de los que mejor nota saqueis. 😉
Un saludo27 septiembre, 2004 a las 9:37 am #366076epa2
Participantealli estaremos Cr, ¡¡¡ a ver si me puedo llevar el ferrari!!!!! 😀
27 septiembre, 2004 a las 2:10 pm #366077epa2
Participantebueno, ahora que lo pienso, un momentillo,
¿y si en el chat compite digamos una persona o dos nada más?,
he leido por ahí que hay 3 distintos premios, ¡¡¡¡si compitiera yo solo me podría llevar los 3 premos pa miiiii?????? 😀
27 septiembre, 2004 a las 2:11 pm #366078epa2
Participanteufff,
27 septiembre, 2004 a las 3:47 pm #366079Academia Opositas
ParticipanteHola de nuevo,
es que sigo sin tener claro lo del acceso al archivo de oficina (= de gestión); tenía claro que no son de libre consulta, pero el artículo 35 punto 2 letra a de la ley de Archivos Públicos de CLM, 19/2002 de 24 de noviembre, a mí me hace ver que sí son de libre consulta, y resuelve las solicitudes de consulta el órgano directivo de la correspondiente unidad administrativa ¿no?
Decidme algo, porque me parece que tengo una venda en los ojos y lo estoy interpretando aaaaa miiiii maneraaaaaaaa 😆
Bueno, epa2, estudia, estudia, que a lo mejor ganas el segundo premio, me han dicho los moderadores que es un interesante compendio de las 1000 mejores leyes derogadas, para que te lo estudies, jejeje
talueeeegooooorrrrr
27 septiembre, 2004 a las 3:54 pm #366080epa2
ParticipanteHola de nuevo,
lolon, aunque te respondo sin estar seguro, supongo que aunque los archivos de gestión no sean de acceso al público, eso no significa que no puedan ser consultados por quien competa.
imaginate que un organismo u otro dpto desea consultar un expediente que se esté tramitando en el archivo de gestión, pues supongo que tendrá que pedir permiso u autorización a quien corresponda.
No obstante, lo dicho, los archivos de gestión no son de libre consulta.
bueno, esperemos más respuesta
Posdata: mira lolon, pienso que el mejor premio para esto no es descuentos, leyes ni ferrari, si no aprobar, ¡¡¡a ver si estamos los dos allí!!!
nos vemos y estudia razonablemente feliz.
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