La pregunta nº 21 del exámen aux. adm jccm del 9 de junio de 2004 dice: Según el IV Convenio Colectivo para el personal Laboral de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el trabajador con contrato Laboral de carácter fijo podrá solicitar excedecia voluntaria por interés particular cuando tenga al menos una antigüedad de:
a) Cuatro años
b)Dos años
c)Un año.
d) Tres años.
Dando como solución: c.
[size=100:12r8e26z][size=7]En las fotocopias que me dieron para estudiar viene: para solicitar la declaración de la situación de excedencia voluntaria por interés particular será preciso haber prestado servicios efectivos en cualquiera de las Administraciones Públicas, durante los cinco años inmediatamente anteriores a la solicitud.[/size][/size]
Entonces ¿en qué quedamos?