Buenas, majohuga.
Acto expreso es un acto dictado y exteriorizado de una forma clara y modo expreso por la Administración, normalmente escrito, podría ser por ejemplo, una comunicación expresa, como es un certificado.
Acto presunto es un acto que no es producido por la Administración, sino que se presume su existencia, no hay una manifestación de voluntad por parte de la Administración que se le pueda dar un determinado valor, es decir, la falta de respuesta de la Administración a favor o en contra, permite que el interesado pueda poner recursos pertinentes para defender sus intereses, tras una solicitud o recurso presentado, la Administración guarda silencio administrativo, no contestando en el plazo establecido, dicho silencio puede resultar que la ley dicta que se presume estimada la petición con todas sus consecuencias jurídicas o entienda denegada la petición.
Espero haberte ayudado
Un saludo