Decreto ley, se entiende la norma con rango de ley emanada del gobierno, sin que necesariamente medie intervención o autorización previa de un Congreso o Parlamento.
El Congreso convalida (no controla) y el Tribunal Constitucional controla que dicha norma cumple con la legalidad (art. 28.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
EL DECRETO LEGISLATIVO si es contrario a una ley actuarán los los tribunales ordinarios (como en cualquier norma que dicte el gobierno) y si es contraria a la Constitución actuará el Tribunal Constitucional (igual que con cualquier otra ley).