Buenos días, RBRM.
Efectivamente, la composición teórica es así. De acuerdo con el Artículo 9 A del Tratado de Lisboa, el Parlamento Europeo “estará compuesto por representantes de los ciudadanos de la Unión. Su número no excederá de setecientos cincuenta, más el Presidente. La representación de los ciudadanos será decrecientemente proporcional, con un mínimo de seis diputados por Estado miembro. No se asignará a ningún Estado miembro más de noventa y seis escaños”.
Por lo tanto,debemos tener en cuenta esta circunstancia. Si bien este Tratado nos indica que el Parlamento no podrá tener más de 750 miembros,más su Presidente, la composición actual supera esta previsión, al colocarse con 766 Diputados.
Recibe un cordial saludo.