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Tribunal Supremo VS Tribunal Superior o Audiencia Nacional

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
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  • #381244
    b12hebre
    Participante

    Buenas tardes.
    Me preguntaba que diferencia hay entre ser juzgado por un Tribunal Supremo o serlo por los tribunales autonómico o la audiencia nacional.
    ¿Se considera algún tipo de privelegio?
    ¿Hay algún caso en el que pueda elegir ante cual quiero ser juzgado?

    Gracias.

    #381245
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,

    Diferencia en sí misma no existe. El Poder Judicial en España es único, sin perjuicio de que el mismo se encuentre estructurado en ordenes jurisdiccionales (civil, penal, contencioso-administrativo, y social), dentro de los cuales ejercen sus funciones los distintos juzgados y tribunales integrantes de la planta judicial española.

    Por otro lado una de las características de nuestro sistema jurisdiccional es el principio del juez predeterminado, esto es, es el ordenamiento jurídico es que preestablece el juzgado o tribunal competente en un asunto en cuestión, por lo que no es algo sujeto a nuestra libre elección.

    Por último, lo que sí existe son los llamados aforamientos, los cuales hacen referencia a la fijación para determinados cargos públicos del juzgado o tribunal competente para conocer de los asuntos derivados del ejercicio de su cargo. Un ejemplo es el aforamiento que el Estatuto de Autonomía establece en relación al Presidente de la Junta de Andalucía, siendo el Tribunal Supremo el órgano jurisdiccional competente para las cuestiones de índole civil y penal derivadas del ejercicio de sus funciones.

    #381246
    b12hebre
    Participante

    Buenas tardes,
    Muchas gracias por contestar.
    ..Y el hecho de que determinados cargos tengan ese aforamiento, ¿a qué se debe?, ¿no podríamos considerarlo como un tipo de privilegio? o perjuicio, no sé, me refiero a que haya esa diferencia…es un trato diferencial que imagino que estara justificado.

    #381247
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas noches,

    Como comentaba, el aforamiento implica alterar las reglas de competencia judicial penal (objetiva, funcional y territorial) en beneficio de determinadas personas, que tiene derecho a ser encausadas y juzgadas por determinados tribunales previamente señalados, y ello porque nuestro ordenamiento jurídico (Estatutos de Autonomía, Constitución, etc.) así lo determinan, constituyendo en verdad un verdadero privilegio en favor de los mismos.

    #381248
    Mifa
    Participante

    Buenos dias senor Tutor,
    Me extrana que diga usted “…constituyendo en verdad un verdadero privilegio en favor de los mismos…” sin mas. Dos palabras sobran que son “Verdad” que no tiene lugar en un dialogo de tenor legal, y sobre todo “Favor”. Es privilegio ? Si !, en lengua légal : no estan sumisos a los procedimientos ordinarios. Es privilegio ? No, en lengua ordinaria : no es ninguna ventaja, son representantes del pueblo y seria muy facil para las mafias de quitarselos de delante haciendo intervenir cualquier juececillo vendido à estas. De ejemplos esta lleno el mundo actual y la historia. Asi que no es “favor” es PRECAUCION DEMOCRATICA.
    Son cosas complejas que no se tienen que juzgar con sencilleces.
    Me equivoco ?

    Un saludo

    #381249
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,
    Efectivamente se trata de una cuestión muy opinable. De hecho actualmente se acaba de iniciar la tramitación parlamentaria en el Parlamento de Andalucía con objeto de llevar a cabo una modificación del Estatuto de Autonomía con fines a eliminar los aforamientos de determinados cargos públicos.
    Como te digo son cuestiones muy opinables. De cualquier modo, lo que personalmente no comparto es el hecho de que no dispongamos de un Poder Judicial independiente sometido única y exclusivamente al imperio de la ley. En un Estado Democrático de Derecho como el que nos encontramos, el ser juzgado por un órgano jurisdiccional u otro no debe llevar implícito unas diferentes garantías para el ciudadano.

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