Si en el decreto 317/2003 pone en el articulo 16.2: . La autoevaluación se practicará por los órganos, organismos y unidades que presten los servicios, asesorados por las unidades de calidad de las respectivas Consejerías y Organismos Autónomos, coordinados con la [color=red]Dirección General de Organización, Inspección y Calidad de los Servicios[/color] y en el tema pone [color=red]Viceconsejería de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local[/color], lo mismo pasa con el articulo 17.2.b, art. 6.4, art. 7.1, art. 8.4 y art. 10.2