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22 octubre, 2020 a las 8:53 am #382023isapriro5Participante
Buenos días, el tema de la calidad actualmente lo lleva SG AAPP no? Pero en el tema se hace referencia a la vicepresidencia de turismo, regeneración… esto sigue así actualmente o hay que cambiar esto por SG AAPP? gracias!
22 octubre, 2020 a las 12:24 pm #382024junta-andaluciaParticipanteBuenas tardes,
Ello fue uno de los temas que tratamos en la tutoría de ayer.
Efectivamente, con la reciente reestructuración de competencias entre las Consejerías, las competencias en materia de calidad han pasado a formar parte del ámbito competencial de la Secretaría General para la Administración Pública, perteneciente a la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior.
Saludos.22 octubre, 2020 a las 12:58 pm #382025germanParticipanteEntonces el viceconsejero de turismo ya no tiene las competencias del decreto de las cartas de servicios??
22 octubre, 2020 a las 2:58 pm #382026isapriro5ParticipanteSi si,se que se vio pero al repasar lo he visto y me ha liado! Todo aclarado. Muchas gracias
22 octubre, 2020 a las 4:00 pm #382027junta-andaluciaParticipanteBuenas tardes,
Vamos a tratar de dejar claro este tema relativo a las competencias en materia de calidad, para evitar confusiones.
El nuevo Decreto 114/2020 por el que se regula la estructura orgánica de la Consejeria de Presidencia, AP e Interior, establece que la SGAP tiene competencias sobre:
-“El impulso y coordinación de la atención a la ciudadanía, de la simplificación y
racionalización de los procedimientos administrativos, así como del diseño y control de
los sistemas de calidad.”
-“La dirección, definición, impulso, coordinación y seguimiento de la evaluación de la
calidad, eficiencia y desempeño de los servicios públicos.”
No obstante, la Consejeria de Turismo, Regeneración, Justicia y AL, continua teniendo (la VICECONSEJERIA), las competencias inherentes al Decreto 317/2003, en concreto:
-” Ejercer las competencias en materia de la calidad de los servicios atribuidas por el Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los servicios públicos.”
Por tanto, si nos preguntan por las cartas de servicio, y demás materias reguladas en el Decreto 317/2003, continua siendo competente la VICECONSEJERIA DE TURISMO, REGENERACIÓN, JUSTICIA Y AL.
Por contra, si nos preguntan por el diseño y control de sistemas de calidad, ,,,dirección, definición, etc. de los servicios públicos, será la SGAP. -
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