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En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
  • Autor
    Entradas
  • #382261
    Jesus1998
    Participante

    Buenas tardes, la cuenta general de cada año de la Junta se remitirá al T.Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía para su examen y comprobación antes del 30 de septiembre, ¿no?
    En el tema 17, en la página 27 viene que es antes del 31 de julio.

    #382262
    junta-andalucia
    Participante

    Buenas tardes,
    Así es. Es una de las cuestiones que vimos en la tutoría de novedades legislativas que realizamos hace unos días.
    Los plazos que fija el art. 107.2 de la Ley de Hacienda han sido modificados por la Ley de Presupuestos para el año 2021.
    Ahora la Cuenta General se formará ANTES DEL 10 DE JULIO (anteriormente era 31 de Agosto), y se remitirá al TC y CCuentas ANTES DEL 31 DE JULIO (anteriormente era 30 de septiembre).

    #382263
    Jesus1998
    Participante

    Vale, genial. Todo correcto. Pero por ende en los tests no vienen dichos modificaciones, de ahí mi duda y pregunta. Están a la espera de modificación también, ¿no?
    Muchas gracias.

    #382264
    Antagonista
    Participante

    Y si antes los anteproyectos debían presentarse por cada Consejería antes del 1 de julio, ¿ahora qué fecha tope hay?

    #382265
    junta-andalucia
    Participante

    Estamos dándoles otra vuelta, para incorporar las novedades legislativas recientemente publicadas. En breve los tendréis.

    #382266
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días,
    La misma. El art. 35.2 de la Ley de Hacienda no se ha modificado, por lo que la fecha límite del 1 de Julio para que las distintas Consejerías y órganos remitan a la Consejería de Hacienda sus anteproyectos de gastos sigue tal cual.
    No confundamos, por favor, el procedimiento de elaboración del presupuesto, con sus correspondientes fechas (art. 35), con la formación de la Cuenta General del art. 107, que sí se han modificado las fechas de su formación y remisión al Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas.
    Este tema fue tratado en el mes de Enero en tutoría, ya que estamos hablando de cuestiones distintas.
    El presupuesto se elabora en el segundo semestre de un año, se ejecuta durante todo el año siguiente, y en el año siguiente a su ejecución es cuando se forma la Cuenta General (3 años distintos).

    Entendido?

    #382267
    Antagonista
    Participante

    Perfectamente entendido.

    Muchas gracias.

Viendo 7 entradas - de la 1 a la 7 (de un total de 7)
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