Buenos días,
La misma. El art. 35.2 de la Ley de Hacienda no se ha modificado, por lo que la fecha límite del 1 de Julio para que las distintas Consejerías y órganos remitan a la Consejería de Hacienda sus anteproyectos de gastos sigue tal cual.
No confundamos, por favor, el procedimiento de elaboración del presupuesto, con sus correspondientes fechas (art. 35), con la formación de la Cuenta General del art. 107, que sí se han modificado las fechas de su formación y remisión al Tribunal de Cuentas y Cámara de Cuentas.
Este tema fue tratado en el mes de Enero en tutoría, ya que estamos hablando de cuestiones distintas.
El presupuesto se elabora en el segundo semestre de un año, se ejecuta durante todo el año siguiente, y en el año siguiente a su ejecución es cuando se forma la Cuenta General (3 años distintos).
Entendido?