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20 marzo, 2020 a las 4:10 pm #381633junta-andaluciaParticipante
Buenas tardes,
Durante la última tutoría de dudas sobre materia de personal se planteó una duda sobre el disfrute del permiso por lactancia.
En relación al citado permiso convenimos ampliar su aclaración mediante este post.
Así se trata de un permiso que puede disfrutarse de tres formas diferentes:-Ausentarse cada día durante un período de una hora o dos períodos de media hora del trabajo hasta que el bebé cumpla 16 meses.
-Reducir la jornada de trabajo en media hora a la entrada y media hora a la salida o una hora a la entrada o una hora a la salida hasta que el niño o niña cumpla los 16 meses.
-Acumular ese período para ampliar así el tiempo de baja por maternidad o paternidad con una duración máxima de 4 semanas.Se trata de un permiso individual sin posibilidad de transferencia entre progenitores.
Es retribuido en cualquiera de sus modalidades. Comentamos en tutoría que hay reducciones de jornada con afección en nómina y otras sin afección. En este caso estaríamos en el segundo supuesto.
La modalidad acumulada sólo se podrá disfrutar a partir de la finalización del permiso por
nacimiento, adopción, guarda, acogimiento o del progenitor diferente de la madre biológica respectivo, o
una vez que, desde el nacimiento del menor, haya transcurrido un tiempo equivalente al que comprenden
los citados permisos (si se disfruta del permiso por nacimiento, guarda, etc. de manera interrumpida, será a partir de las 6 primeras semanas obligatorias, cuando habrá que disfrutarse del permiso por lactancia acumulada. Tras ello, y dentro de los primeros 12 meses de vida del bebé, se disfrutará por semanas completas del resto de semanas que aúno no se han disfrutado, hasta llegar a la semana 20).Este permiso acumulado podrá ser disfrutado indistintamente por ambos progenitores, guardadores o acogedores, aunque sólo
uno de ellos podrá solicitar el ejercicio del mismo, por lo que el solicitante deberá justificar que la otra persona titular del derecho no lo disfruta, por lo que ambos progenitores de manera simultánea no podrán disfrutar del permiso por lactancia acumulado.21 marzo, 2020 a las 1:54 pm #381634srlapazParticipanteOk, muchas gracias Domingo!!!
23 marzo, 2020 a las 7:59 am #381635marpc_93ParticipanteMuchas gracias 🙂
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