Buenas tardes, guari1982.
La diferencia entre ambos criterios debemos tenerla clara puesto que, como así ha sido, puede dar lugar a confusión.
El criterio al que se refiere el apartado 1 valora únicamente la experiencia laboral, desde el punto de vista de aspectos relacionados directamente con el puesto de trabajo al que se accede (por ejemplo, el Cuerpo de Administrativos valorará aquellos trabajos relacionados directamente con el mismo).
El criterio del apartado 4 se refiere a la experiencia laboral desempeñada en el puesto desde el que se concursa, que no tiene por qué estar relacionado con el que se va a desempeñar.
Espero haber aclarado tus dudas.
Sigamos estudiando con optimismo y ganas.