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2 enero, 2021 a las 9:34 am #382179
Conxy
ParticipanteBuenos días,
Tras la aprobación de la nueva Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía para el año 2021, me surge una duda:
Según la disposición final de dicha Ley, afirma que:” La Cuenta General de cada año se formará antes del 10 de julio del siguiente y se
remitirá al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de Andalucía, para su examen y comprobación antes del 31 de julio”.Entonces, ¿cómo quedarían los plazos para la formación de la Cuenta General?
Me refiero a que, si antes las Consejerías presentaban a la Consejería de Hacienda el estado de gastos antes del 1 de Julio ahora lo harían antes del 10 de Julio.
¿Pero en qué plazo se mandarían a la Intervención General las cuentas de todos? Ya que antes era antes del 1 de Agosto pero ahora se remiten las cuentas al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas para su examen y comprobación antes del 31 de Julio.Y, por último, al examinarse y comprobarse antes del 31 de julio, la Cámara de Cuentas ya no tendría 3 meses para comprobar la Cuenta General, ¿tendría mas no?
14 enero, 2021 a las 12:59 pm #382180junta-andalucia
ParticipanteBuenos días,
Este fue uno de los temas que abordamos ayer en la tutoría.
Efectivamente el plazo para la formación de la Cuenta General ha sido modificado.
Anteriormente decía el TRLGHP que debía formarse antes del 31 de agosto, remitiéndose al T. Cuentas y Cámara de Cuentas antes del 30 de septiembre, y ahora dichas fechas se han modificado, debiéndose formar ahora antes del 10 de Julio, remitiéndose antes del 31 de Julio.
No confundas la formación de la Cuenta General, la cual se hace tras la ejecución del presupuesto, en el ejercicio siguiente (ej. la cuenta general del 2020, se hace en 2021), con los plazos para la elaboración del presupuesto del art. 35, el cual, efectivamente, establece que las Consejerías remitirán antes del 1 de julio los anteproyectos de gastos (ej. la elaboración del presupuesto del año 2021, se hace en 2020).
Por lo que respecta al plazo que tiene la Camara de cuentas para la comprobación de la Cuenta General, ten en cuenta que lo que dice la Ley 1/1988, en su art. 11 es que la Cámara de Cuentas procederá al examen y comprobación de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, dentro del plazo de tres meses a partir de la fecha en que haya presentado. Por lo tanto, el plazo que tendrá ahora continuará siendo el de 3 meses. Lo que cambia es el inicio de ese plazo de tres meses, que ahora comenzará el 31 de Julio.
Entendido ahora mejor? -
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