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Foros OPOSITAS

DUDA LEY 39/2015

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #382387
    marpc_93
    Participante

    Buenos días,

    Repasando me surge una duda referente al artículo 30 de la ley.

    ¿ Por qué en los Registros electrónicos no se aplica el 30.6? la norma dice que los registros electrónicos solo se rigen por el calendario aprobado por la AGE y CA del 30.7, pero ¿ El calendario no incluye ya todos los días festivos en los municipios de su ámbito territorial?

    ¿ o el 30.6 solo se aplica al cómputo de plazos en la tramitación presencial?

    Gracias de antemano.

    Saludos.

    #382388
    junta-andalucia
    Participante

    Buenos días. El art 30.6 está pensado para la tramitación presencial. Por ello cuando se habla de registros electrónicos se excluye su aplicación, regulándose estos por los calendarios de la AGE y CCAAs.
    Por otro lado decirte que los calendarios que aprueban las CCAA incluyen los festivos locales. De ahí su no referencia.
    Entendido?

    #382389
    marpc_93
    Participante

    Si, perfecto. Me queda claro…imaginaba que iban por ahí los tiros, pero no lo tenía del todo claro.
    Muchas gracias por la aclaración.

    Saludos!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
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