Buenos días,
En relación a la duda que surgió el día de ayer durante la tutoría que realizamos en directo, pasamos a aclarar qué Consejería sume las competencias en materia de transformación digital.
De esta manera, según la estructura actual de la Junta de Andalucía, el ejercicio de las competencias inherentes a la transformación digital, a las que hace referencia el Decreto 622/2019, de 27 de Diciembre, se desarrollan por la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, a través de su Dirección General de Transformación Digital.
La duda que surgió en relación a las competencias en dicha materia, por parte de la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, se deben a las siguientes competencias que ejerce esta Consejería:
“La planificación, impulso y coordinación de los programas relacionados con el
desarrollo de las competencias digitales, la transformación digital y la incorporación
de las empresas y la ciudadanía a la Sociedad y la Economía Digital sin perjuicio de las
competencias que correspondan a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía en
materia de política informática de la Administración de la Junta de Andalucía y sobre
sistemas de información relacionados con las políticas de desarrollo de la sociedad digital.”
Como podéis ver las competencias sobre transformación digital de esta Consejería hacen referencia a transformación digital de empresas y ciudadanía, asumiendo, por contra, la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, todas las competencias en materia de estructura informática, transformación digital, aplicaciones corporativas, etc,., que son a las que hace referencia el citado Decreto 622/2019.
Saludos.