Buenos días,
En relación a una duda que siempre aparece y que se planteó ayer en la tutoría sobre la Administración Institucional de la Junta de Andalucía, relativa al quorum mínimo de miembros del Pleno de la Cámara de Cuentas para la adopción de acuerdos, informaros que:
El Pleno requiere para constituirse la presencia de al menos cinco miembros, encontrándose entre ellos la persona titular de la presidencia o quien legalmente le sustituya, y se reunirá cuando sea convocado por la persona titular de la presidencia por propia
iniciativa o a petición de tres de sus miembros, lo que deberá realizarse antes de que transcurra un mes.
Fuente. Anuario XXV aniversario Cámara Cuentas. pag. 17
https://www.ccuentas.es/xxvaniversario/files/assets/common/downloads/xxvaniversario.pdf