fbpx

Foros OPOSITAS

CONFLICTO DE ATRIBUCIONES

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #380572
    jesus.morales
    Participante

    Hola, tengo la siguiente duda,

    50 La ley de bases de régimen local dice:
    Los conflictos de competencias planteados entre diferentes entidades locales serán resueltos por la Administración de la Comunidad Autónoma o por la Administración del Estado, previa audiencia de las Comunidades Autónomas afectadas, según se trate de entidades pertenecientes a la misma o a distinta Comunidad…

    Entonces cuando son entre entidades locales de la misma comunidad autónoma tengo claro que es el TSJ, según el artículo 142.3 del Estatuto, pero cuando son entidades de distinta comunidad quien lo resuelve?

    Gracias.

    #380573
    jesus.morales
    Participante

    perdón el articulo del estatuto es el 142 5º no el que puse antes, disculpa

    #380574
    Academia Opositas
    Participante

    Buenos días, Jesús.

    Cuando los conflictos de atribuciones se plantean entre diferentes Entidades Locales no pertenecientes a la misma Comunidad Autónoma, serán resueltos por la Administración del Estado, en virtud del Art. 50.2 de la Ley de Bases de Régimen Local.

    Recibe un cordial saludo.

Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • El foro ‘Junta de Andalucía – Foro para los distintos Cuerpos de la Junta’ está cerrado y no se permiten nuevos debates ni respuestas.

APRUEBA TU OPOSICIÓN CON OPOSITAS

Abrir chat
1
💬 ¿Necesita ayuda?
Hola 👋
¿Puedo ayudarle?