Foros OPOSITAS

Tema 26

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 6 entradas - de la 1 a la 6 (de un total de 6)
  • Autor
    Entradas
  • #289203
    Sonier
    Participante

    Buenas tardes a tod@s!!

    Tengo varias dudas sobre las [u]firmas [/u]del Juez o LAJ en las resoluciones (hago un breve resumen) corregidme si me equivoco:

    -[u]Providencias[/u]: Juez y LAJ
    -[u]Autos[/u]: Juez/Magistrado y ¿LAJ?
    -[u]Sentencias[/u]: Juez/Magistrado y ¿LAJ?
    -[u]Diligencias de Ordenación[/u]: LAJ
    -[u]Decretos[/u]: LAJ

    ¡Gracias y buen estudio!

    #289204

    EN CUANTO A TU DUDA :
    Providencias:segun el art.248.1 “….la firma o rubrica del juez o presidente y la firma del secretario(LAJ)
    Autos:segun el art.204 “…deberán de ser firmados por el juez o magistrados que los dicten aytorizandose mediante firma por el secretario judicial bajo pena de nulidad”
    Sentencias:seran firmadas poe el juez magisttradoo magistrados que las dicten según el art.248 y 209

    Espero que te haya servido

    #289205
    Sonier
    Participante

    Muchas gracias por contestar!!
    ¿Entonces las sentencias no las firma el LAJ?
    ¿Y las resoluciones del LAJ no llevan firma del Juez?

    #289206

    Que las resoluciones de los LAJ LLEvan la firma de los jueces ?
    Me parece que NO
    por QUE Las resoluciones pueden dictadas por los JUECES de carácter jurisdiccional(providencias, autos y sentencias)o de carácter gubernativo(acuerdos)
    O POR LOS SECRETARIOS (actas diligencias y decretos)
    Lo tengo en un esquema
    Espero que te hay servido

    #289207
    Sonier
    Participante

    Me he explicado algo mal, es que en algún lugar he visto que las resoluciones del LAJ la firma el Juez, por eso mi duda porque yo pensaba lo que tu y ya me había liado.
    Muchas gracias de nuevo. Aunque si Baldo entra y lo confirma al 100% puedo dormir esta noche jejeje 😆

    #289208
    Anónimo
    Invitado

    Buenos días

    Efectivamente estais en lo cierto. Las Resoluciones de los Letrados de la Administración e Justicia no son firmadas por los Jueces o Magistrados

    Permitidme un añadido del artículo 204 de la LECivil

    [quote]
    Artículo 204. Firma de las resoluciones.

    1. Las resoluciones judiciales serán firmadas por el Juez o por todos los Magistrados no impedidos dentro del plazo establecido para dictarlas.

    2. Cuando después de decidido el asunto por un tribunal colegiado se imposibilitare algún Magistrado de los que hubieren votado y no pudiere firmar la resolución, el que hubiere presidido lo hará por él, expresando el nombre del Magistrado por quien firma y haciendo constar que el Magistrado imposibilitado votó pero no pudo firmar.

    Si el impedido fuera el Presidente, el Magistrado más antiguo firmará por él.

    3. Las resoluciones judiciales deberán ser autorizadas o publicadas mediante firma por el Secretario Judicial, bajo pena de nulidad.
    [/quote]

    Saludos

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