Foros OPOSITAS

Tema 23 , duda

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

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  • #289202

    Buenas tardes.
    En la pàgina 4, se hace referencia a los servicios comunes, a los que pueden acudir los juzgados, para la practica de diligencias que deban llevarse a efecto dentro de la misma poblaciòn, en cuyo caso, el responsable de la supervisiòn serà el òrgano ordenante.
    En el último parrafo, habla de la existencia en determinadas poblaciones, de servicios comunes para la practica de determinadas diligencias y los organos judiciales exhortados seran los responsables de supervisar el cumplimiento de la peticiòn de auxilio, sin perjuicio de servirse estos de los servicio comunes para realizar las actuaciones.

    ¿Que tipo de petición de auxilio puede hacerse en cada caso y cual es la labor de los srevicios comunes?
    Un saludo.

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