Foros OPOSITAS

RESPONSABILIDAD JUECES, MAGISTRADOS Y MINISTERIO FISCAL

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #290182
    carMen274
    Participante

    Buenos días,
    repasando el tema 6 de gestión, comprobé que las faltas leves y las sanciones impuestas por faltas leves prescriben con arreglo a lo dispuesto en el código penal, pero mi duda surge cuando caigo en la cuenta de que se reformó en 2015 y se pasó a nombrar las faltas a delitos leves, reformando así también su prescripción. ¿Cual es la que se aplica, la del Código penal después de la reforma o la de la antigua falta?

    ya que la prescripción antigua de faltas leves es de 6 meses y ahora en delitos leves es 5 años.

    Gracias.

    #290183
    Anónimo
    Invitado

    Hola Carmen, buenas noches:

    Transcribimos el precepto que responde a la duda que planteas

    Artículo 416.

    1. Las faltas cometidas por los Jueces y Magistrados en el ejercicio de sus cargos podrán ser muy graves, graves y leves.

    2. Las faltas muy graves prescribirán a los dos años, las graves al año y las leves a los seis meses.

    El plazo de prescripción comenzará a contarse desde que la falta se hubiera cometido. No obstante, en el supuesto previsto en el artículo 417.5, el plazo de prescripción se iniciará a partir de la firmeza de la sentencia o de la resolución dictada por el Consejo General del Poder Judicial que declare la responsabilidad civil del Juez o Magistrado.

    3. La prescripción se interrumpirá desde la fecha de notificación del acuerdo de iniciación del procedimiento disciplinario o, en su caso, de las diligencias informativas relacionadas con la conducta investigada del Juez o Magistrado.

    El plazo de prescripción vuelve a correr si las diligencias o el procedimiento permanecen paralizados durante seis meses por causa no imputable al Juez o Magistrado sujeto al expediente disciplinario

    Saludos!

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