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RECUSACION

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 3 entradas - de la 1 a la 3 (de un total de 3)
  • Autor
    Entradas
  • #283558
    JAVIAB
    Participante

    HOLA ALGUIEN SABE EXACTAMENTE LO QUE ES LA RECUSACION, TENGO ENTENDIDO QUE ES DEJAR SIN EFECTO UN ASUNTO, O ALGO PARECIDO.
    HAY DIFERENCIA ENTRE LA ABSTENCION Y LA RECUSACION. MUCHAS GRACIAS Y ANIMO QUE SOLO QUEDAN 15 DIAS

    #283559
    Anónimo
    Invitado

    Hola Javiab. La abstención es la obligación que tienen los funcionarios que tramitan un procedimiento administrativo de apartarse de su conocimiento, encomendando el mismo a otro funcionario, por darse determinados supuestos que podrían hacerles “no imparciales” tales como parentesco, relaciones laborales, etc.

    Si dicho funcionario no hace uso de la abstención, los interesados podrán formular recusación, esto es, interesar que dicho funcionario sea apartado del conocimiento del procedimiento si se demuestra la existencia de dicha causa.

    Por cierto, recordaros que es la única cuestión incidental que provoca la suspensión del procedimiento administrativo hasta su resolución.

    Saludos.

    #283560
    JAVIAB
    Participante

    AH!! AHORA LO ENTIENDO. MUCHAS GRACIAS BG

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