Aprovecho para dar mi punto de vista sobre esta ley.
Es cierto que no es una de las más citadas en los examenes pero también es cierto que tiene unos cuantos conceptos imprescindibles a la hora de llevar bien el temario.
Es decir, no podemos pensar en presentarnos con seguridad sin haber estudiado a fondo los cuerpos que integran la Administración General del Estado, sus nombramientos y sus funciones más importantes.
Yo sé que este es uno de los apartados más “dejados” del temario pero es en estos puntos en donde se diferencia un opositor y otro.
A ver si el lunes podemos hacer una gráfica mucho mejor después del examen de las once.
Un saludo. 😉
P.D.: se admiten otras posiciones, jejeje 😆