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ejecución no dineraria
En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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tengo duda ya que en el artículo 699 – disposiciones generales – dice que el plazo para cumplir lo mandado lo establece el tribunal. En el 705 (ejecución por obligaciones de hacer y no hacer) dice también que lo fija el tribunal, pero aquí viene mi duda.. el 706 …” si el ejecutado no lo llevara a cabo en el plazo señalado por el secretario judicial…” esto es una excepción?
Efectivamente se trata de una cuestión resuelta de forma “diferente” por el legislador y que en algunas de las tutorías que hemos realizado sobre EJECUCIÓN hemos comentado a fin de que lo tengáis claro
Cuidado con esos detalles. Estupendo
Saludos
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