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Duda tema 19 gestión

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #289980
    Zaira
    Participante

    Buenos días, tengo una duda en cuanto la prejudicialidad penal. En los apuntes aparece que es perseguible de oficio. No puede ser perseguible a instancia de parte? Por ejemplo si se me reclama por la vía civil el pago de un arreglo de una bici pero por la vía penal no está resuelto aún si yo robé la bici o no, podría a instancia de parte avisar que hay una causa pendiente por la vía penal? O este caso no tiene q ver con la prejudicialidad penal. Pq es lo q me viene a mi a la mente…

    #289981
    Anónimo
    Invitado

    Hola Zaira

    Sabemos que los procesos civiles se siguen a instancia de parte, con algunas excepciones marcadas en la LEY y que iremos viendo

    EN cuanto a la prejudicialidad, efectivamente el Tribunal tiene obligación de “verla” de oficio y eso no impide que las partes puedan también alegarla. Por tanto tendremos ambas opciones disponibles

    Aprovecho para recomendarte que las dudas de Justicia las expongas en el foro correspondiente; es más fácil de seguir por todos y todas

    Gracias y saludos de Baldo Gallego

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