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DUDA RELACIÓN MAGISTRADOS SUPLENTES

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  • #289357

    Buenos días,

    Respecto al orden de llamamiento de los magistrados suplentes, al principio del tema 26 encontramos la siguiente frase:”La relación comprenderá, para cada orden jurisdiccional, la [u]prelación [/u]con la que deban hacerse los llamamientos”

    No me queda muy claro que significa exactamente la frase, ¿hay una relación general de magistrados y dentro de ella una “subrelación” o prelación en la que serán llamados en función del orden jurisdiccional?

    Gracias

    #289358
    pilarricky
    Participante

    Hola,

    Se elabora la lista de magistrados suplentes, pero además se debe indicar, dentro de cada orden jurisdiccional, la prelación, es decir, quiénes tendrán preferencia para ser llamados antes que otros, y eso se tiene que concretar al hacer la lista, lista que elaboran los presidentes.

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