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29 agosto, 2019 a las 11:04 am #290258
Lurial
ParticipanteBuenos días, tengo una dudilla con respecto al artículo 90 de la ley 39/2015:
En el art 90 dice:
“[u]además del contenido previsto en los dos artículos anteriores[/u],la resolución incluirá la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión, fijarán los hechos y, en su caso, la persona o personas responsables, la infracción o infracciones cometidas y la sanción o sanciones que se imponen, o bien la declaración de no existencia de infracción o responsabilidad.”
y el art 89.3 dice:
“En la propuesta de resolución se fijarán de forma motivada los hechos que se consideren probados y su exacta calificación jurídica, se determinará la infracción que, en su caso, aquéllos constituyan, la persona o personas responsables y la sanción que se proponga, la valoración de las pruebas practicadas, en especial aquellas que constituyan los fundamentos básicos de la decisión, así como las medidas provisionales que, en su caso, se hubieran adoptado. Cuando la instrucción concluya la inexistencia de infracción o responsabilidad y no se haga uso de la facultad prevista en el apartado primero, la propuesta declarará esa circunstancia.”
El contenido del articulo anterior es el mismo….por que dice “además del contenido de los dos artículos anteriores”???Gracias de antemano.
29 agosto, 2019 a las 11:16 am #290259Lurial
Participanteme expreso mejor:
art 89.3: se fijarán/determinarán en propuesta de resolución:
– Hechos probados (de forma motivada)
– Infracción
– Persona responsable
– Sanción
– valoración pruebas
– medidas provisionales
– declaración inexistencia de infracción (89.1)
art 90.1: además de contenido en 2 artículos anteriores (89 y 89) la resolución incuirá:
– Valoración pruebas
– Hechos
– Persona responsable
– Infracción
– Sanción
– declaración inexistencia de infracción.no entiendo cual es el contenido adicional a que se refiere el art 90, me parece que no incluye nada distinto a lo que indica el art 89.3
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