En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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buenas compañeros y compañeras, soy nuevo en el tema de la oposicion de justicia y me gustaría saber que significa el CONCEPTO DE ENERVACIÓN, porque me lo he encontrado en el juicio verbal varias veces y no lo entiendo,
Enervar la acción de desahucio, consiste en la posibilidad que tiene el inquilino moroso (arrendatario) que ha sido demandado por el propietario (arrendador) de dejar sin efecto el desahucio pagando la deuda pendiente hasta ese momento.
La ley permite solo una vez ejercitar este derecho.
Efectivamente Rocio, pero también estaría inherente a la enervación el hecho de que el inquilino moroso además de saldar la deuda con el arrendador [b]no abandona el inmueble sino que sigue en él,[/b] a diferencia de que exclusivamente pague en cuyo caso a continuación lo abandonaría. ¿Es así Rocio no?. Corrígeme si me equivoco, no vaya a ser que confunda a llavivo. Saludos.