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Competencia de los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • #286904
    Serena79n
    Participante

    Hola a tod@s.

    Os comento mi duda.

    “Conocerán los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, en única o en 1ª instancia, de todas las resoluciones que se dicten en materia de extranjería por:

    a) La Administración periférica del Estado.
    b) La Administración del Estado.
    c) La Administración Local.
    d) Ninguna es cierta.”

    Se da como cierta, a tenor del artículo 8.4 de la Ley 29/1988, de 13 de junio, la a), ¿estáis de acuerdo con esa solución? Como dicho apartado 4 no menciona nada sobre única o primera instancia, ¿podría ser correcta la opción d)?

    Gracias.

    #286905
    Academia Opositas
    Participante

    Si miramos ese artículo 8 de la LJCA, no dice literalmente lo que plantea la pregunta, ya que no utiliza los términos en primera o única instancia. Sin embargo, pienso que se puede deducir que es en única o primera instancia ya que cita las resoluciones en materia de extranjería dictadas por la Administración Periférica del Estado o por los órganos competentes de la comunidad autónoma.

    Si no fuese en única o primera instancia, pasaría a ser competencia del TSJ, sin embargo, no lo es.

    Personalmente, pondría como respuesta correcta la a.

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