Hola “tesaga”
La cuestión es que en caso de fallecer alguno de los litigantes, sus herederos pueden comparecer “voluntariamente” en el procedimiento colocándose en la situación que tuviera el causante.
Si no comparecen, entonces se les emplaza judicialmente a dichos fines y si comparecen dentro ddl plazo establecido, pues lo mismo; se les tiene por perdonados
Para el caso de no comparecer, entonces tienen la consecuencia que corresponda según sean actores o demandados; si son actores se les tendrá por desistido salvo que el demandado pretenda continuar el procedimiento. Si son demandados, se les tiene en rebeldía
¿queda claro?
Espero que sí, y en cualquier caso quedo a vuestra disposición
Saludos