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duda sobre convocatoria de elecciones

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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  • Autor
    Entradas
  • #365625
    Pepe42
    Participante

    Buenas tardes Cristina,
    Tengo una duda sobre la convocatoria de elecciones:
    ” En cuanto a la convocatoria de elecciones, salvo en los supuestos de disolución anticipada, el Decreto se convocará, publicándose al día siguiente en el BOE, entrando en vigor el mismo día de su publicación.
    En este caso, el Real Decreto de convocatoria debe ser refrendado por el Presidente del Gobierno, correspondiendo al Presidente del Congreso el refrendo del Decreto de disolución de las Corte Generales y de convocatoria de nuevas elecciones.
    Mi duda es quien es el que refrenda el Real Decreto de convocatoria de elecciones, el Presidente del Gobierno o el Presidente del Congreso
    Gracias,

    #365626
    TUTOR-HACIENDA
    Participante

    Buenas tardes, Pepe.

    [b]El Real Decreto de disolución de las Cortes Generales y convocatoria de elecciones es refrendado por el Presidente del Congreso de los Diputados.[/b]

    [i]A modo de ejemplo, en las anteriores elecciones, la presidenta del Congreso refrenda el decreto de disolución de las Cortes Generales y convocatoria de elecciones.[/i]

    [i]- Las elecciones generales serán el 10 de noviembre, y el 3 de diciembre se constituirán el Congreso y el Senado de la XIV Legislatura.

    La presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, ha refrendado hoy en el Palacio de la Zarzuela el Real Decreto de disolución de las Cortes Generales y convocatoria de elecciones para el día 10 de noviembre, transcurridos los dos meses desde la primera votación de investidura de la 13 Legislatura sin que ningún candidato haya obtenido el respaldo necesario para ser proclamado presidente del Gobierno, y de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 99.5 de la Constitución.

    Una vez concluida la segunda ronda de consultas convocada por S.M. el Rey tras las elecciones generales del pasado 28 de abril, y ante la constatación de que no hay un candidato con el respaldo parlamentario necesario para ser investido como presidente del Gobierno, Felipe VI, con el refrendo de la presidenta del Congreso de los Diputados, ha formalizado el mandato constitucional de disolución de las Cámaras y convocatoria de elecciones generales.[/i]

    Un saludo.

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