Hola Miguel Angel,
Hoy en clase has mencionado las Clases Pasivas, y yo no tengo muy claro en qué consisten.
¿Puedes aclararme la duda, por favor?.
Por otro lado, en el IRPF tengo una duda respecto a los gastos deducibles del rendimiento de trabajo.
El art. 19 de Ley IRPF nos dice que serán gastos deducibles exclusivamente, entre otros:
– las detracciones por derechos pasivos.
¿A qué se refiere? Estos derechos pasivos tiene algo que ver con clases pasivas?
Tengo bastante lío con estos conceptos.
Quedo a la espera de tus comentarios.
Muchas gracias.