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Foros OPOSITAS

Una duda…

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
Este foro, abierto en el año 2004, contiene más de 27.000 entradas con resoluciones de dudas de estudio de diferentes administraciones. ¡No somos capaces de borrarlo pues en cada uno de sus post está parte de nuestro ♥!

Viendo 4 entradas - de la 1 a la 4 (de un total de 4)
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  • #348222
    Maguilov
    Participante

    Bueno, pues ahí van a ver si me las podeis resolver:

    1.- Las Asambleas de las Comunidades Autónomas podrán delegar ante el Congreso para la defensa de sus proposición de reforma de la Constitución:

    a.- Un máximo de 3 miembros de la Asamblea
    b.- Un máximo de 5 miembros de la Asamblea
    c.- Las Asambleas de las Comunidades Autónomas no tienen competencia para iniciar la reforma de la Constitución
    d.- Ninguna de las respuestas anteriores es correctas.

    Yo se que para la aprobación de un proyecto de Estatuto, si se lleva una comisión delegada para defenderlo ante la Comisión Constitucional del Congreso, pero… para la reforma de la constitución, no lo creo. Se que las Asambleas pueden proponer reformas constitucionales a través del Gobierno o a traves de la Mesa del Congreso. La verdad, es una pregunta que no tengo nada clara (no tengo tampoco respuesta en el test)

    Un saludo y gracias. Ánimo, que ya falta poco.

    #348223
    Academia Opositas
    Participante

    Hola, Maguilov:
    yo creo que la respueta correcta es la a) tres representantes.
    Creo recordar que cuando se debatió en el Congreso de los Diputados la famosa reforma del Estatuto de Cataluña eran 3 los representantes que fueron allí para defender dicho Estatuto.

    Un saludo.

    #348224
    telekopower
    Participante

    Hola a los dos:

    Yo también apostaría por la A… Según el artículo 166 de la Constitución, la iniciativa de la reforma se haría según los artículos 87.1 y 87.2; en el 87.2 es donde se dice que las Comunidades Autónomas pueden solicitar un proyecto de ley al Gobierno ó presentarlo directamente a la Mesa del Congreso con un máximo de 3 miembros.

    Así que entiendo que si una Comunidad Autónoma quiere iniciar la reforma de la Constitución, podría pedírselo al Gobierno para que la inicie, ó mandar a un máximo de 3 representantes al Congreso para que la planteen. Una vez planteada, se debatiría y aprobaría según se menciona en los siguientes artículos.

    #348225
    Maguilov
    Participante

    Genial. Muchas gracias, el tema no me quedaba claro.

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