Hola, vuelvo a ser yo, es que ……
no estoy de acuerdo con la correcta .
12) En caso de ausencia, vacante o enfermedad ¿ Quién sustituye al Subdelegado del Gobierno?
a) El delegado de Gobierno
b) El subdelegado de Gobierno más próximo
c) Por quien designe el Delegado del Gobierno
e) Ninguna es cierta
Ponéis la c) como correcta y yo opino que es la ” D”
Motivos:
Según RD617/1997, 25 abril , de Subdelegados de Gobierno y Directores Insulares de AGE.
ARTICULO 4. ” Suplencias de los Subdelegados de Gobierno”
En los supuestos de vacante, ausencia y enfermedad el Subdelegado de Gobierno será suplido por el Secretario General de la Subdelegación o, en su defecto, por quien designe el Delegado de Gobierno.
Teniendo en cuenta, que sólo en Valladolid, Toledo, Valencia, Zaragoza, Sevilla, Badajoz y Las Palmas no existirá Secretaria General., y que las funciones relativas a los servicios comunes las ejercerá el Secretario General de la correspondiente Delegación de Gobierno.
Son la excepción los casos en que el Delegado designará sustituto.
Eso entiendo yo¡¡¡¡¡¡
¿ Hay que ser literal o no? Porque yo ya me he perdido.
¿ En qué me he equivocado?
😯 😯