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Subdelegado del Gobierno y Director Insular

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 12 entradas - de la 1 a la 12 (de un total de 12)
  • Autor
    Entradas
  • #348176
    cremita
    Participante

    Hola chic@s!
    ¿Sigue manteniéndose lo de que, tanto el Subdelegado como el Director Insular están en servicios especiales, salvo que opten por seguir en servicio activo? ¿O ha cambiado???
    Muchas gracias y un saludo!!!!

    #348177
    murcia27
    Participante

    Hoaa

    si no me equivoco ( que me corrijan si es asi) quedan en situacion de servicios especiales…. pero no pueden optar por seguir en servicio activo…solo pueden estar en servicios especiales 😉

    #348178
    telekopower
    Participante

    Hola a todos:

    Según el antiguo estatuto del funcionario (artículo 29.2.n) efectivamente quedaban en situación de servicios especiales, salvo que optaran por la situación de servicio activo. Pero he estado mirando el estatuto nuevo, y no dice nada al respecto en el artículo 87, donde se regulan las formas de servicios especiales. Además, el artículo 29 casi al completo del estatuto anterior ha sido derogado casi en su totalidad, incluyendo todos los servicios especiales.

    Por tanto, discrepo de murcia 27, pero tampoco lo tengo demasiado claro… A ver si alguno más nos aclara un poco este punto.

    #348179
    murcia27
    Participante

    a ver si nos lo aclara bg o cr por favor!! que como lo pregunten, nos vamos a tirar de los pelos!!

    lo mio es una interpretacion.. por que los he incluido dentro de los organos de gobierno de las comunidades autonomas (aunque su ambito sea la provincia ) y por eso pienso que quedarian en servicios especiales…..pero ahora, ya no se nada… ¿ estan incluidos en los organos de gobierno de las comunidades autonomas??

    siento mucho si provoco más lio, en vez de aclararlo, pero es que yo estoy hecha un lio tambien 😥

    #348180
    cremita
    Participante

    Aunque no lo tengáis claro (ni yo, por supuesto!), muchas gracias por intentar solucionar mi duda. A ver si alguien más nos puede echar una mano. Gracias de nuevo! Besukis!!

    #348181
    cremita
    Participante

    Por faaaa!!!! alguien lo sabe exactamente????? Gracias!

    #348182
    cremita
    Participante

    Perdón que vuelva con el tema, pero es que están comentándolo en otro foro y dicen que lo normal, la situación normal de un subdelegado del gobierno, es que esté en servicios especiales, pero realmente, no es que esté en servicios especiales, salvo que decida permanecer en servicio activo????

    Y además dicen que los directores insulares están en servicio activo, pero realmente, no están en la misma situación que los subdelegados del gobierno (es decir, servicios especiales, a no ser que decidan estar en servicio activo)???

    Gracias y un saludo.

    #348183
    murcia27
    Participante

    uy cremita que liooo 😆

    creo que como no es una cosa que esté clara en el Estatuto, es mejor no liarse mucho… dudo que pregunten una cosa, que tienes que suponer…. habiendo tantas cosas “preguntables” en ese tema ..

    pero quién sabe 🙄

    #348185
    IvanMC
    Participante

    Pues a ver si puedo resolverla.

    Segun la ley 30/ 1984 y el RD 315/1964

    Se podia optar por servicios especiales o servicio activo. articulo 29.2.i de la ley 30/1984 el cual tb hace mencion el art 4.i del RD 365/1995

    SERVICIOS ESPECIALES (ART 4.I RD 365/1995 )

    Cuando presten servicios en puestos de trabajo de niveles incluidos en el intervalo correspondiente a su Cuerpo y Escala, en los Gabinetes de la Presidencia del Gobierno, de los Ministros o de los Secretarios de Estado, y opten por pasar a esta situación, conforme al artículo 29.2.i de la Ley 30/1984, de 2 de agosto. Asimismo, cuando presten servicios en puestos de niveles no incluidos en el intervalo correspondiente al Grupo en el que figure clasificado su Cuerpo o Escala en los Gabinetes de la Presidencia del Gobierno, de los Ministros, Secretarios de Estado, Delegados del Gobierno y Gobernadores Civiles.

    Un subdelegado del Gobierno y un Director insular dependen del Delegado del Gobierno por lo tanto segun este articulo estarian en servicios especiales si optan por esta opcion, pero como bien pone conforme al articulo 29.2.i de la ley 30/1984 y esta ley esta derogada por el nuevo estatuto ley 7/2007. Solo cabe la posibilidad entonces de que esten en Servicio Activo.

    A ver si estais de acuerdo conmigo.

    #348186
    Academia Opositas
    Participante

    … Hola compañeros,
    … Pudiera tener dudas pero yo las despejé con el nuevo EBEP.
    … Yo estoy más cercano a la tesis, bien expuesta, del compañero telekopower. Ha comparado con la Ley 7/2007 y con la 30/1984 y el asunto es claro, al menos para mi.
    … Anteriormente tanto Subdelegados o Dir. Insulares podían optar por estar en Sevicios Especiales o en Servicio Activo. En el primer caso, servicios especiales, había que “declararlos” en servicios especiales.
    … El artículo 29 ha sido derogado completamente, creo yo, según se recoge en la Disposición correspondiente en el EBEP. Como decía Telekopower en el artículo 88 del EBEP ya no se recoge tal posibilidad y entiendo que tanto Subdelegado como Director Insular quedan en situación de servicio activo. Desde luego si preguntan eso (que no va a ser) yo contestaré Servicio Activo y si fallo… pues nada… por listo… 😛
    … Esperemos que nos lo aclare… Murcia estoy por llamar al Subdelegado de Cádiz, el Sr. Saucedo, y preguntarle directamente… “oye, de de tu situación administrativa ¿qué?, venga.. .estírate que Murcia ya anda con las manos hechas muñones”.
    … Ánimos para todos que la semana que viene nos toca sufrir un… ¿poco?. 😯

    #348187
    Academia Opositas
    Participante

    … Perdón…. artículo 87. Servicios Especiales de la L7/2007, EBEP.

    … De nuevo… más ánimos para todos. 🙂

    #348188
    murcia27
    Participante

    leshe javisan !! eso es, pregúntaselo al Subdelegado directamente 😆
    aunque, visto lo visto, seguro que ni él mismo tiene idea ….

    Al final, si el Subdelegado no dice lo contrario 😮 ….. quedan en servicio activo Ok.. me lo apunto…..peeero… yo dudo que lo pregunten

    😆

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