Buenas noches ñeros una duda inquieta mi mente a estas alturas.
Echandole un vistazo al [b]Real Decreto 1320/2004 de 28 de mayo (Estrutura orgánica básica del MAP)[/b] estoy viendo que el antiguo Secretario de Estado del MAP es ahora el Secretario de Estado de cooperación territorial ya que es el organo superior con el ministro del Departamento Ministerial.
Yo tenia entendido que dicho puesto habia sido modificado y ahora se llamaba Secretaria General para la Administración Pública mirando dicha ley en lo referente al Secretario General del MAP es un órgano directivo pero utilizando las mismas funciones que el antiguo Secretario de Estado del MAP un poco liazo nooooo!!!!! ñeros, las funciones que tenia antes un órgano superior como era el Secretario de Estado lo tiene ahora un órgano directivo con rango de Subsecretaria como es el Secretario General del MAP .
Otra evidencia es que el actual Secretario General del MAP ejerce la presidencia de los órganos que ejercia el antiguo Secretario de Estado como son:
Comisión de coordinación de la función pública
Comisión Superior de Personal etc…
A ver si alguien me puede echar un cable con este tema Gracias ñeros.