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resol. judicial vs resol. judicial motivada

En septiembre de 2021 trasladamos los foros de dudas a los Campus Opositas de preparación de Oposiciones para mejorar así el servicio de resolución de dudas a los alumnos y alumnas de OPOSITAS.
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Viendo 2 entradas - de la 1 a la 2 (de un total de 2)
  • Autor
    Entradas
  • #353217
    carso
    Participante


    en los arts 20.5 y 22.4 ay algo que no termino de diferenciar :
    el secuestro de publicaciones, grabaciones,… solo x resol. judicial
    las asociaciones disueltas o suspendidas .. x resol. judicial motivada
    no se si alguien podria decirme cual es la diferencia exactamente
    entre ambos conceptos . gracias

    #353218
    Anónimo
    Invitado

    Hola Carso, en ambos casos, la resolución judicial que habrá de dictarse se denomina “auto”, y esta resolución habrá de ser motivada, conforme a lo dispuesto en la L.O. del Poder Judicial asi como en la ley de enjuiciamiento criminal.
    Espero haberte ayudado.
    Saludos

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