Depende, jeje, si quieren preguntártelo, lo pueden hacer. Pero la reforma en sí, tan sólo afecta (básicamente) a un artículo de la 6/85. El que habla de las mayorías del [b]pleno del CGPJ[/b] para elegir algunos cargos y alguna competencia nueva creo recordar.
Si mal no me equivoco es la Ley Orgánica 2/2004 la que introduce las reformas.